Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 30 de Noviembre de 2016, expediente FSA 015100145/2010/CA001

Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional “SMOLSKI, M.D. c/ ANSES s/

Expedientes Civiles” Expte. N° 15100145/2010 (Juzgado Federal N° 1 de Salta)

ta, 30 de noviembre de 2016.

AUTOS Y VISTO:

  1. Que la cuestión planteada en las presentes actuaciones resulta sustancialmente análoga a la examinada por esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta en el antecedente “M., M.A. c/ ANSES s/ Expedientes civiles” Expte. FSA 25200407/2011, sentencia del 22 de junio de 2016, entre otros, por lo que corresponde remitirse a los fundamentos allí

    vertidos (www.cij.gov.ar), que pasan a formar parte del presente resolutorio.

    En efecto, a través de las constancias de la causa se observa que el actor obtuvo el beneficio de jubilación ordinaria el 30/06/2009, bajo el régimen previsto por la ley 24.241 (fs. 83/86 del expte. adm. 024-20-

    08164833-7-004-1); y que, oportunamente, requirió en sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada por la ANSES a través de la resolución RNT-E 03569/10 (fs. 3/4 y 5/9).

    Por ello, de conformidad con los fundamentos expuestos en la sentencia referida en el primer párrafo de la presente, serán desestimados los agravios de la demandada dirigidos a cuestionar lo decidido con relación al recálculo de las prestaciones que integran el haber inicial del actor (PC y PAP).

  2. Que, por otra parte, en cuanto al recálculo de la prestación básica universal (PBU), cabe remitirse al fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Q., C.A.”, sentencia del 11 Fecha de firma: 30/11/2016 Firmado por: M.V.C.O., SECRETARIA DE CAMARA Firmado por: E.S., JUEZ DE CAMARA Firmado por: L.R.R.B.C., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA #4186742#167919024#20161202120904019 Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Salta Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional de noviembre de 2014, en el que se consideró necesario “para determinar la validez constitucional de las normas en juego y, eventualmente, adoptar un método para subsanar el daño que se les atribuye”, considerar en el caso concreto “qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial –pues es éste el que goza de protección- y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio”.

    De ahí que, en...

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