Aviso Oficial Sintesis Estatuto Social del Centro de Empleados de Comercio de Henderson

Fecha de disposición16 Enero 2007
Fecha de publicación16 Enero 2007
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
Número de Gaceta31074

Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 31.074 32Martes 16 de enero de 2007

CAPITULO VI Comisión Directiva. Artículos 1 a 3
ARTICULO 29º

La Asociación de Empleados de la Administración Provincial de Impuestos será dirigido y administrado por una Comisión Directiva compuesta por diecisiete (17) miembros titulares, que desempeñarán los siguientes cargos: Secretario General, Secretario Adjunto, Secretario de Organización y Relaciones Institucionales, Secretario de Actas y Administración, Secretario de Asuntos Gremiales, Secretario de Deportes, Turismo y Recreación Social, Secretario de Vivienda, Salud y Acción Social, Secretario de Prensa y Propaganda, Secretario de Finanzas, Secretario de Cultura y Capacitación, Secretario del Interior y seis (6) Vocales Titulares.

Habrá además cuatro (4) vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de ausencia, renuncia o separación del cargo de los titulares.

El mandato de los miembros de la Comisión Directiva durará tres (3) años, y sus integrantes podrán ser reelectos.

Al momento de solicitarse la Personería Gremial esta Asociación contaba con Doscientos ochenta y dos (282) afiliados.

MIRTA G. de PASCOLINI, Jefa Administrativa del Departamento Estructura Sindical SINTESIS DEL ESTATUTO SOCIAL DE LA ASOCIACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE FARMACIA ZONA NORTE, APROBADO POR RESOLUCION M.T.E. Y S.S. Nº 749/06.

Artículo 1º

En la Ciudad de Zárate a los 02 (dos) días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y ocho, se constituye la ASOCIACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE FARMACIA ZONA NORTE que agrupa a todos los trabajadores no jerarquizados que desempeñen sus tareas en las Farmacias, ya sean éstas de carácter privado o no, mutuales, sindicales, estatales, de cooperativa, etc., que tiene su asiento en L. N. Alem Nº 96 de la cuidad de Zárate - Pcia. de Buenos Aires, y tendrá como zona de actuación las ciudades y partidos de Zárate, Campana, Baradero, San Pedro y exaltación de la Cruz, constituyendo una asociación gremial de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

DE LOS PRINCIPIOS Artículo 2º: Los principios de la Asociación son los siguientes:

  1. Peticionar ante las autoridades nacionales, provinciales, municipales y ante los empleadores en beneficio de sus afiliados;

  2. Defender y representar a sus afiliados, colectiva o individualmente, en las cuestiones legales o de trabajo, ante, las autoridades de Previsión Social, la justicia, empleadores y toda otra actividad del Estado;

  3. Vigilar las condiciones de trabajo y solicitar su razonable mejoramiento;

  4. Velar por el incumplimiento de las Leyes de Trabajo y Seguridad Social, denunciar infracciones, promover su aplicación y perfeccionamiento;

  5. Propender a la elevación moral, cultural y material de sus afiliados fomentando el hábito al estudio, la economía y previsión, e inculcar el concepto de la responsabilidad, disciplina y respeto;

  6. Efectuar actos y obras de carácter cultural y perfeccionamiento entre sus afiliados, creando el sano espíritu de cordialidad y elevando el sentido de justicia, solidaridad y bien común;

  7. Propender a la implantación de Servicios Médicos, Odontológicos, Colonias y Campamentos de Vacaciones, instituir Seguro Colectivo, Subsidios por Enfermedad, Casamiento, Nacimiento y Fallecimiento, Servicios Mutuales, Cooperativas, Campos de Deportes, ajustándose a las reglamentaciones legales vigentes;

  8. Someter las desinteligencias y conflictos de carácter colectivo a la mediación del Ministerio de Trabajo de la Nación, obligándose a acatar y hacer cumplir por sus afiliados las decisiones de éste o del tribunal que se constituya;

  9. Peticionar ante los organismos correspondientes la exención de impuestos de carácter Nacional, Provincial, Municipal, etc.

Artículo 11º

La Asociación será dirigida y administrada por una Comisión Directiva de nueve (9) Miembros Titulares que se desempeñarán en los siguientes cargos: 1) Secretario General; 2) Secretario Adjunto; 3) Secretario Gremial; 4) Secretario de Prensa, Cultura y Capacitación; 5) Secretario de Acción Social; 6) Secretario Tesorero; 7) y tres (3) Vocales Titulares y tres (3) Suplentes. Los Vocales Suplentes sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de renuncia, fallecimiento o impedimento de sus titulares. Los reemplazos por vacancia se efectuarán conforme lo establece el art. 13 del presente.

Habrá asimismo una Comisión Revisora de Cuentas, compuesta por tres (3) miembros titulares y un (1) suplente. El mandato de los...

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