Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 16 de Diciembre de 2014

Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2014
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita45/15
Número de SAIJ14090296
Número de CUIJ21 - 509307 - 1

SERVICIO PUBLICO PROVINCIAL DE LA DEFENSA -HABEAS CORPUS CORRECTIVO Y COLECTIVO- s/ COMPETENCIA (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.) Cita: 45/15 Nº Saij: 14090296 Nº expediente: Año de causa: 0 Nº de tomo: 260 Pág. de inicio: 292 Pág. de fin: 294 Fecha del fallo: 16/12/2014 Juzgado: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (Santa Fe) - Santa Fe Jueces D.A.E.R.H.F.M.A.G.R.F.G.M.L.N.E.G.S.T. > RECURSO EXTRAORDINARIO > DENEGACION DEL RECURSO T. > CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PROVINCIAL > SENTENCIA > FUNDAMENTOS T. >H.C.C.T. > JUEZ > COMPETENCIA CONSTITUCIONAL RECURSO EXTRAORDINARIO. DENEGACION DEL RECURSO. SENTENCIA. FUNDAMENTOS SUFICIENTES. HABEAS CORPUS COLECTIVO. JUEZ. COMPETENCIA Corresponde denegar la concesión del recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación interpuesto por el Defensor Provincial alegando que lo decidido por esta Corte -al declarar inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto -desconoce la posibilidad de accionar colectivamente en función del artículo 43 de la Constitución nacional , la necesidad de que la cuestión sea resuelta por un solo tribunal por razones de economía procesal y para evitar fallos contradictorios; y que se configura en el caso una afectación a la protección judicial efectiva al vedarse el acceso a la justicia, toda vez que sus críticas no descalifican el núcleo argumental del pronunciamiento impugnado, en el cual se sostuvo: que en el caso no se configuraba un conflicto de competencia que debiera ser resuelto por la Corte; que los interesados no habían impugnado en tiempo oportuno la decisión del Juez de Cámara que había ordenado que el hábeas corpus se tramitara en primera instancia; y que la Jueza de grado no podía declinar su competencia por existir una resolución firme de un órgano con competencia funcional de Alzada a su respecto que se la había atribuido.

Texto del fallo Reg.: A y S t 260 p 292/294.

Santa Fe, 16 de diciembre del año 2014.

VISTOS: Los autos "SERVICIO PÚBLICO PROVINCIAL DE LA DEFENSA -S/ HÁBEAS CORPUS CORRECTIVO Y COLECTIVO- (CUIJ 21-07000134-6) S/ COMPETENCIA" (Expte. C.S.J. CUIJ N° 21-00509307-1), venidos para resolver la concesión del recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, interpuesto por el señor Defensor Provincial contra la decisión de este Tribunal del 09.09.2014; y, CONSIDERANDO:

  1. Que el recurso deducido por el compareciente contra la resolución de esta Corte registrada en A. y S. T. 258, pág. 365...

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