Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 26 de Noviembre de 1996, expediente A C65203

PresidenteSan Martín-Laborde-Hitters-Pettigiani-Salas
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 1996
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

Ac. 65.203 "Dirección General de Servicios Sanitarios de la Municipalidad de Quilmes contra J.A., E.. Apremio". Recurso de queja".//P., 26 de noviembre de 1996.

AUTOS Y VISTO:

Que en principio, sólo la sentencia definitiva puede dar lugar a la interposición de recursos extraordinarios, entendiéndose por tal a aquélla que recayendo sobre el asunto principal objeto de la litis, pone fin al pleito condenando o absolviendo al demandado o, cuando recae sobre un artículo, es indispensable que produzca el efecto de finalizar dicha litis, haciendo imposible su prosecución (arts. 278 y 296 Código Procesal Civil y Comercial; conf. causas Ac. 41.300, 22-XI-88 y Ac. 45.626, 31-VII-90).

Que en el caso, el pronunciamiento de la Cámara que resuelve sobre la revocación del mandato otorgado al letrado aquí recurrente, aunque pudiera causar un gravamen irreparable, no reviste el carácter precedentemente mencionado, máxime que ha sido dictado en un juicio de apremio, cuyas decisiones por regla no son revisibles ante esta instancia extraordinaria (conf. causas Ac. 36.406, 29-IV-86 y Ac. 63.421, 28-V-96).

Que el recurso establecido en el art. 161 inc. 1 de la Constitución de la Provincia se abre en el único supuesto...

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