Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de San Martín - Sala II, 6 de Agosto de 2015, expediente FSM 010796/2013/CA002

Fecha de Resolución 6 de Agosto de 2015
EmisorSala II

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 10796/2013/CA2 - Orden 11.973 RUNCO, OSCAR c/ INSSJP s/PRESTACIONES MEDICAS - AMPARO Juzg.Fed.San M. 1 - Sec. 2 S.M., seis de agosto de 2015.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la demandada contra la sentencia de fs. 166/171vta. que hizo lugar a la acción promovida por O.R., y ordenó

    al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados [INSSJyP] que “provea en forma continua y gratuita el medicamento C. según las pautas que indiquen los especialistas que lo asisten”, con costas a la demandada. Oportunamente el accionante contestó el traslado conferido [cfr. fs. 181/183, 184, 191 y 193/194vta.; art.

    15, ley 16.986].

  2. Del estudio del legajo se desprenden los siguientes hechos esenciales y decisivos, a saber. En primer lugar, el sr. O.R. de 74 años de edad es afiliado del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados [INSSJyP] bajo el n. 150121083101-

    00 [hecho indiscutido por la demandada; cfr. fs. 1, 2, 44 y 181/183]. En segundo lugar, el 7 de agosto de 2013, “se realizó hemicolectomía izquierda videolaparoscópica con anastomosis colo rectal mecánica” [12 y 63]. En tercer lugar, el 16 de octubre de 2013, el Dr. J.C.R. [médico oncólogo, MN 122.173] señala que el paciente Fecha de firma: 06/08/2015 1 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: D.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA “padece de adenocarcinoma de colon” e indica “QT [quimioterapia] con esquema CAPEFOX” [cfr. fs. 11 y 47]. En cuarto lugar, el 28 de octubre de 2013, el actor inició

    ante la demandada el expediente n° 0481-2013-0006163-3 [UGL VIII S.M., agencia Caseros], a fin de solicitar ese medicamento, pedido que fue rechazado el 1 de noviembre de 2013 por “indicación no adecuada”, porque la “capecitabina”

    está “aprobada por ANMAT para la adyuvancia de ca [cáncer]

    colon estadio III” [cfr. fs. 14, 40/42, 58 y 62]. En quinto lugar, el 14 de noviembre de 2013, el Dr. C.A.D.P. [MN 71.002] señala que el afiliado presenta “adenocarcinoma moderadamente diferenciado de colon que infiltra hasta capa muscular externa exoendofítica que ocupa el 90% de la luz (grado III). Se realizó

    hemicolectomía izquierda […] se indica adyuvancia” [cfr. 12 y 63]. En sexto lugar, el antedicho D.R., el 16 de noviembre de 2013, le prescribe “CATEPEN 500 X 120”, el 18 de noviembre de 2013 insiste en que se trata de “paciente con ca. [cáncer] colon (adenocarcinoma) presenta compromiso […] muscular. Se indica capecitabina que al metabolizarse por el hígado se transforma en 5 Fluorouracilo, fármaco de primera línea en adyuvancia”, porque “su presentación es en comprimidos y el paciente presenta acceso venoso periférico dificultoso” y, el 27 de noviembre de 2013, en la esfera de su especialidad científica y responsabilidad profesional, repite que el paciente “presenta diagnóstico de adenocarcinoma de colon. No presenta acceso venoso periférico permeable. Por tal motivo es imposible realizar tratamiento sistémico […] se indica […] capecitabina que Fecha de firma: 06/08/2015 2 Firmado por: M.A.G., PROSECRETARIA DE CAMARA Firmado por: D.M.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: H.D.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.A.L. , JUEZ DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SAN MARTIN - SALA II Causa FSM 10796/2013/CA2 - Orden 11.973 RUNCO, OSCAR c/ INSSJP s/PRESTACIONES MEDICAS - AMPARO Juzg.Fed.San M. 1 - Sec. 2 su presentación es por vía oral. A su vez la medicación propuesta por Pami es 5 Fluorouracilo. Capecitabina es 5 F. en comprimidos” [cfr. fs. 13, 16 y 61]. En anteúltimo lugar, el 29 de noviembre de 2013, el instituto demandado nuevamente desautoriza esa medicación porque “el paciente, con estadio II, no tiene indicación [de] la capecitabina” [34 y 66]. Finalmente, que el 3 de diciembre de 2013, el actor inició este proceso judicial para obtener “la provisión gratuita de Capecitabina (Capeten) en las condiciones y cantidades que sean indicadas por el médico tratante” [cfr. dda., fs. 19vta.].

  3. En las sobredichas condiciones, cabe señalar que es consolidada doctrina judicial que el derecho a la vida es el derecho por excelencia que resulta reconocido y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR