Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 28 de Mayo de 2020, expediente CNT 031551/2017

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

VII

Causa N°: 31551/2017

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 49223

Exp. Nº 31.551/2017 – SALA VII – JUZGADO N° 23

AUTOS: “ROSSI, P.V. c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE -LEY

ESPECIAL”.

Buenos Aires, 27 de mayo de 2020.

VISTO:

Con las presentaciones digitalizadas de fecha 21 y 23 de abril del corriente,

la parte actora recurre la resolución que desestima el libramiento de giro en formato papel, en concepto de honorarios por los trabajos efectuados por la representación de la parte actoral.

Por disposiciones del 24 y 28 de abril de 2020 se concede el recurso de apelación interpuesto.

Y CONSIDERANDO:

En los términos de lo dispuesto en el Acta 26 de la CNAT de fecha 15 de mayo de 2020, corresponde habilitar la feria extraordinaria para resolver en los presentes actuados.

Respecto de la cuestión de fondo planteada, esta Cámara, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio impuesto por el decreto 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional y sus prórrogas, dispuso por medio de la Resoluciones de CNAT Nº

8 del 30 de marzo de 2020 y Nº 11 del 3 de abril de 2020, posibilitar las libranzas de giros por capital y honorarios, a la vez que, conforme lo establecido, a partir del 1 de julio de 2019, por la Resolución Nº 10/2019 de CNAT, se estableció el uso obligatorio de giro electrónico.

Por ello, a lo que se suman las razones de salud pública con motivo de la pandemia del virus Covid 19, situación que resulta de conocimiento público y notorio y destacando que en base a ello, expresamente la citada Acta CNAT Nº 26, en concordancia con el art. 6 de la Acordada CSJN 14/2020 del 11 de...

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