Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 27 de Junio de 2016, expediente CNT 058983/2014/CA001

Fecha de Resolución27 de Junio de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO.: 71003 EXPEDIENTE NRO.: 58983/2014 AUTOS: R.D.E. (13504) c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. ( ANTES MAPFRE ARGENTINA ART S.A.) s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL Buenos Aires, 27 de junio de 2016 La Dra. G.A.G. dijo:

Contra la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda instaurada se alza la parte actora a tenor del memorial que luce a fs. 107/109, sin recibir réplica de la contraria.

La parte actora cuestiona la decisión del judicante de grado de rechazar el reclamo incoado con motivo de la incomparecencia del actor a la entrevista fijada por el perito médico. En tal marco, la recurrente expone y reitera los argumentos vertidos en su presentación de fs. 99/101 según los cuales califica la providencia señalada de arbitraria y violatoria de su derechos de defensa en juicio. Sostiene que no existió “intimación alguna”

para concurrir a la entrevista, que “faltó tan solo a una entrevista” y que oportunamente manifestó su imposibilidad de concurrir debido a que “su empleador no le ha dado el permiso correspondiente”.

Analizada la causa, en el marco de las alegaciones formuladas, considero que la queja no debe tener favorable acogida. Me explico.

De las constancias de la causa se desprende que el actor reclama el resarcimiento especial de la incapacidad denunciada como producto del infortunio in itinere oportunamente padecido.

A fs. 93/94 (conf. refoliatura dispuesta a fs. 114) se presenta el perito médico a fin de aceptar cargo y fija fecha de entrevista con el demandante para el 28/08/15.

A fs. 95 se resuelve “Buenos Aires, 18 de agosto de 2015… sin perjuicio de hacerle saber al perito contador que deberá aceptar el cargo de manera personal, por economía procesal, intímase al actor en sus domicilios real y constituido para que comparezca al consultorio… munido de documento de identidad, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de la pericial médica propia y renuente a la ofrecida por la parte demandada. NOTIFIQUESE.”

Fecha de firma: 27/06/2016 Firmado por: G.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.F., SECRETARIO INTERINO #24223740#156106610#20160628111345282 Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA II Con fecha 23/09/15 el...

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