Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA X, 4 de Junio de 2015, expediente CNT 061594/2012/CA001

Fecha de Resolución 4 de Junio de 2015
EmisorSALA X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X SENT.DEF. EXPTE. Nº: 61.594/2012/CA1 (35.881)

JUZGADO Nº: 18 SALA X AUTOS: “RIOS NESTOR MAXIMILIANO C/ WATCHMAN SEGURIDAD S.A. S/

DESPIDO”

Buenos Aires, 4/6/2015 El Dr. DANIEL E. STORTINI dijo:

  1. ) Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de esta alzada a propósito de los agravios que contra la sentencia de fs.239/248 interpuso la demandada a fs.

    252/257vta., los cuales fueron replicados por la contraria a fs. 268/269vta. Asimismo, la perito contadora (fs. 249) recurre los estipendios que le fueron asignados por considerarlos exiguos.

  2. ) No prosperará el segmento de la queja que cuestiona el juez que me precede considerara que el despido del actor se produjo una vez finalizado el período de prueba regulado por el art. 92 bis de la LCT.

    Me explico. Arriba firme a esta instancia que la misiva impuesta por la demandada en la que expresamente le comunicó al actor “Prescindimos de sus servicios a partir del día de la fecha, atento no haber aprobado el período de prueba” (ver fs. 29), fue Fecha de firma: 04/06/2015 Firmado por: E.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA recibida por el accionante el día 15/10/2010, oportunidad en la que ya se encontraba extinguido (9/10/2010) el lapso normado por el art. 92 bis de la LCT.

    En orden a la cuestión suscitada creo menester recordar que, en virtud de su carácter recepticio, el despido (sea directo o indirecto) se perfecciona en el mismo momento en que la comunicación respectiva entra en la esfera de conocimiento del destinatario (arg.

    artículo 243 LCT).

    Ahora bien, la recurrente insiste en que la finalización del vínculo laboral habría sido notificada al trabajador en forma verbal por el supervisor del servicio Exologística Planta Industrial Zárate, Sr. R.L. con fecha 5/10/2010, es decir en forma previa al vencimiento del período de prueba y que con la pieza postal aludida precedentemente solo se habría ratificado la medida ya configurada, circunstancias todas ellas que según refiere habrían resultado acreditadas mediante la prueba testimonial aportada a la contienda.

    No obstante el análisis de las constancias de la causa me lleva a coincidir con el sentenciante de grado en cuanto consideró que la demandada no logró probar tal extremo.

    En efecto, si bien los testigos Dudas (ver fs. 152) y L. (ver fs. 153)

    mencionan que el actor habría sido desvinculado durante el período de prueba, resultan sumamente...

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