RIESGOS DEL TRABAJO: Código civil. Daño indemnizable. Asma ocupacional. Incapacidad física y psíquica parcial, definitiva y permanente. Indemnización; pautas. Intereses; cómputo sobre el monto de condena. Responsabilidad solidaria de la A.R.T.; art. 1074, cód. civil (CNTrab., sala II, marzo 26-2013)

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414 JURISPRUDENCIA
“Ancev S.A.”, sent. del 9-V-1989; B. 53.829,
res. del 3-XII-1991).
En tal contexto, la inconstitucionalidad de la
norma surge de su confrontación con el tex to de
la Constitución y no depende de la acreditación
de ningún supuesto fáctico, como aquel referido
a la importancia de la multa con relación a la
capacidad económica del infractor.
Es por tal motivo que lo afirmado por el
Asesor General de Gobierno en orden a la esca-
sa importancia económica de la multa impuesta
en autos no remedia, sino más bien evidencia,
el gravamen constitucional que se denuncia,
pues éste no reside en la magnitud del perjuicio
patrimonial para qu ien lo sufre, sino en la vio-
lación de los derechos y garantías reconocidas
por nuestra Constitución que repelen el cum-
plimiento anticipado de la pena, cuando aún no
ha sido revisada siquiera administrativamente
la existencia misma de la in fracción.
4º Por todo lo expuesto, corresponde hacer
lugar a la demanda, declarando la inconst itu-
cionalidad del art. 42 de la ley 11.477 en cuan-
to exige el depósito previo de la multa como
condición de admisibilidad de los recursos de
reposición y apelación en subsidio, lo que im-
porta su inaplicabilidad a la situación de hecho
en que se encuentra el demandante.
Voto por la af‌irmativa.
Costas a la parte demandada, por su objeti-
va condición de vencida (art. 68, C.P.C.C).
La doctora K ogan dijo:
Adhiero a los fundamentos dados por el
colega doctor Hitters, con excepción del pun-
to 4, párrafos seg undo, tercero y cuar to, por
entender que las restantes considerac iones
volcadas en el voto resultan suf‌icientes para la
resolución del presente.
Voto por la negativa.
Los doctores Soria, de Lázzari y G enoud,
por los fundamentos del doctor Negri, votaron
también por la af‌irmativa.
Por los fundamentos expuestos en el
acuerdo que antecede, oída la Procu radora
General, por mayoría, se hace lugar a la de-
manda declar ándose la incon stitucionalidad
del art. 42 de la ley 11.477 en cuanto exige
el depósito previo de la multa como condición
de admisibilidad de los recursos de reposi-
ción y apelación en subsidio, lo que importa
su inaplicabilidad a la situación de hecho en
que se encuentra el demandante (arts. 10, 11
y 15, Const. prov.).
Costas a la demandada (art. 6 8, C.P.C.C.)».
— Hitters. — Pettigiani. — Negri. — Kogan. —
Soria. — de Lázzari. — Genoud .
RIESGOS DEL TR ABAJO : Código civil.
Daño indemnizable. Asma ocupacional.
Incapacidad física y psíquica pa rcial,
definitiva y permanente. Indemniza-
ción; pautas. Intereses; cómputo sobre
el monto de condena. Responsabilidad
solidaria de la A .R.T.; art . 1074, cód.
· El asma ocupacional, causada por un
ambiente de trabajo tóxico es invalidante, si
permite que, aún lejos de la fuente laboral de
exposición, pueda repetir, ante estímulos tan
variados como humo de cigarrillos, frío, va-
pores, polvos o sustancias varias provocando
crisis que, si bien revierten, pueden conducir a
resultados irrevers ibles.
2. — Si el asma ocupacional que padece
el trabajador, según el dictamen médico, le
produjo una modificación de la integridad
anatómico-funcional y f‌isiológica que genera la
posibilidad de que, ante la mera exposición a
humo, polvo, vapores, etc., sufra una crisis que
requiera un trasplante de pulmón o que lo lleve
a la muerte, aún cuando el perito considere que
no presenta incapacidad física, surge evidente
la existencia de una minusvalía física cuya
magnitud debe ser graduada prudenci almente
por el Tribunal.
3. — Aunque no corresponda atenerse a lo
dictaminado por las comisiones médicas, ello es
así cuando el dictamen pericial dictado en sede
judicial brinda los elementos necesarios para
resolver el caso.

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