Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - Sala III, 14 de Mayo de 2015, expediente FLP 054005921/2010/CA001

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2015
EmisorSala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 54005921/2010/CA1 7517/III Plata, 14 de mayo de 2015 AUTOS Y VISTOS: Este expediente N° FLP 54005921/2010/CA1 caratulado “RIBAS, A.O.; JEREZ, R.A.; MANCUSO, Domingo Alberto s/ Inf. Decreto 6582/58”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de Lomas de Z., Secretaría N° 4; Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

La causa se inició con la denuncia formulada por S.G.H., titular del Registro Nacional de la Propiedad Automotor Seccional 4 de Capital Federal, en la que se dejó

constancia de que el día 26 de noviembre de 2008 ingresó un trámite de transferencia del vehículo Volkswagen Gol dominio WJQ 897 a favor de R.A.J., instrumentado a través del formulario 08 N° 22655356, en el cual la firma atribuida a L.E.A. –parte vendedora- era falsa. Dicha rúbrica figuraba certificada en el Acta Notarial CAA04336852 –

auténtica- extendida el 20 de noviembre de 2008 por el escribano R.N.M.. Con la documental allegada al expediente, se determinó

que la verificación del automotor fue solicitada el 12/06/08 por G.A.S. y que el 17/11/08 se efectuó una consulta al legajo “B”

del auto por parte de M.L.A., DNI 23.109.150 (fs. 1, 4 y vta., 23/24, 26, 30 y 33).

En el marco de las medidas probatorias ordenadas se tomó conocimiento que L.E.A. había fallecido el 3 de septiembre de 2005 (fs. 152) y que el formulario 08 N° 22655356 Fecha de firma: 14/05/2015 Firmado por: C.A.V. Firmado por: ANTONIO PACILIO Firmado(ante mi) por: M.I., SECRETARIA FEDERAL Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 54005921/2010/CA1 7517/III había sido vendido a A.O.R. el 18 de noviembre de 2008 (fs. 161/162).

Con los elementos hasta allí recabados se dispuso la declaración indagatoria con confección de una plana de escritura de R.A.J.. Éste relató que el auto lo compró su sobrino “M.J.” en el mes de agosto de 2008 a un amigo del barrio, de quien no pudo aportar datos identificatorios. En virtud de que su sobrino había perdido su cédula y no podía transitar, él fue personalmente a hacer el trámite de transferencia ante el registro automotor. Allí

le informaron la documentación que necesitaba y en razón de ello se dirigió él solo a la escribanía del notario M. con todos “los papeles” que le había entregado su sobrino, entre los cuales estaban el formulario 08 y la verificación vehicular. J. aclaró que esos documentos eran los mismos que oportunamente habían sido provistos por el amigo de su sobrino cuando se concertó la operación. Según dijo, en la escribanía dejó su Documento Nacional de Identidad y toda la documentación, pasándola a buscar una semana después. A las preguntas que se le hicieron refirió no recordar si el formulario 08 ya estaba firmado en el rubro de la parte vendedora, y por último, se comprometió a aportar toda la documentación que tenía en su domicilio (fs.

167/169 y vta.).

E.J. fue citado a prestar declaración testimonial y, en lo más saliente, manifestó que vio el Volkswagen Gol en venta en la calle C.B. al 3000 de J.M. y que la persona a la que se lo adquirió se llamaba “Aldo”, a quien nunca más volvió a ver. La operación la hizo en el mes de agosto de 2008 Fecha de firma: 14/05/2015 Firmado por: C.A.V. Firmado por: ANTONIO PACILIO Firmado(ante mi) por: M.I., SECRETARIA FEDERAL Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III FLP 54005921/2010/CA1 7517/III entregando dinero en efectivo más una moto Yamaha y un Fiat 128 como parte de pago. Cuando le fue entregado el vehículo se llevó consigo toda la documentación, de la que adjuntó copia, menos de la cédula verde y del boleto de compraventa ya que ambos le fueron sustraídos un día que le abrieron el auto. Por último, aseguró que el formulario 08 no estaba firmado en el sector de la parte vendedora e hizo entrega de copia de toda la documentación que tenía en su poder, entre la que se hallaba el DNI que presentó A. ante el escribano M. y un recibo emitido por el notario a nombre de A. y R.J., figurando como domicilio el del “gestor M.” (fs.

177/198).

El peritaje caligráfico determinó que solamente las firmas estampadas en los rubros “K”

y “M” del formulario 08 N° 22655356...

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