Resolución Nº 2105/2012

Fecha de disposición28 Diciembre 2012
Fecha de publicación21 Febrero 2013
SecciónResoluciones

Bs. As., 28/12/2012

VISTO el Expediente Nº 1.405.513/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALMECANICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ASIMRA) por la parte sindical y la CAMARA ARGENTINA DEL ACERO (C.A.A.) por el sector empleador, el que luce a fojas 211/213 del Expediente Nº 1.405.513/10 y ha sido alcanzado por ante esta Cartera de Estado.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita se establece una gratificación extraordinaria de naturaleza no remunerativa y excepcional, por el monto y en las condiciones que surgen del mismo, que deberán abonar las empresas identificadas en el Anexo I que consta a fojas 213 del sub examine y que forma parte del acuerdo.

Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo de marras conforme surge de los antecedentes obrantes en el Expediente citado en el Visto, entre los que se encuentran acuerdos que han sido homologados con el alcance pretendido en la presente oportunidad.

Que respecto al ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se establece para el personal representado por la entidad sindical celebrante, que se desempeña bajo relación de dependencia laboral directa en las empresas individualizadas en el Anexo 1 que consta a fojas 213 del Expediente Nº 1.405.513/10 y que forma parte del acuerdo, las que en calidad de contratistas, prestan servicios auxiliares y complementarios afectados a la actividad siderúrgica, en el establecimiento de la empresa SIDERCA SAIC sito en la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires.

Que en definitiva dicho ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija la vigencia del mismo a partir de su homologación.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes...

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