Resolución Nº 1267/2011

Fecha de disposición26 Septiembre 2011
Fecha de publicación17 Noviembre 2011
SecciónResoluciones

Bs. As., 26/9/2011

VISTO el Expediente Nº 158.896/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS (F.A.T.P.C.H. y A.) juntamente con el SINDICATO OBREROS CONFITEROS, PASTELEROS, FACTUREROS Y PIZZEROS DE SANTA FE, por el sector sindical, y la ASOCIACION EMPRESARIA HOTELERA GASTRONOMICA DE SANTA FE y el CENTRO DE INDUSTRIALES PANADEROS SANTA FE, por la parte empleadora, el que luce a fojas 2 del Expediente Nº 158.896/11 y ha sido debidamente ratificado a fojas 14, 32 y 33 de las mismas actuaciones.

Que mediante el acuerdo cuya homologación se solicita sus celebrantes establecen, para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 600/10, una suma de naturaleza no remunerativa, excepcional y por única vez, la que se hará efectiva en los plazos, términos y conforme los lineamientos allí establecidos.

Que corresponde señalar que el plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado entre las mismas partes individualizadas en el primer párrafo del presente.

Que en relación con el ámbito personal y territorial de aplicación del acuerdo se corresponde con el alcance de representación del sector empresario firmante y la representatividad de las asociaciones sindicales firmantes, emergente de sus respectivas personerías gremiales.

Que respecto del ámbito temporal, se fija su vigencia a partir del día 1 de julio de 2011, de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, HELADEROS...

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