Resolución Nº 425/2011
Fecha de disposición | 11 Mayo 2011 |
Fecha de publicación | 13 Septiembre 2011 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 32233 |
Bs. As., 11/5/2011
VISTO el Expediente Nº 1.383.731/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 16/18 obra agregado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte gremial y la empresa AFIANZADORA LATINOAMERICANA COMPAÑIA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 264/95, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las partes han convenido liquidar el adicional horario establecido en la cláusula 13 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 264/95 sobre todos los rubros que componen la remuneración del trabajador y el pago de una gratificación de carácter no remunerativo, como reconocimiento de carácter extraordinario y compensatorio de eventuales diferencias, conforme las prescripciones y demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.
Que las partes han convenido que la vigencia del Acuerdo opera a partir del día 1º de julio de 2010.
Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo, se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que no obstante ello, lo previsto en la cláusula 5º del Acuerdo de marras se homologa sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores involucrados.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que de las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
— Declárase homologado el Acuerdo de fojas 16/18 celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y AFIANZADORA LATINOAMERICANA COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA del Expediente Nº 1.383.731/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
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