Resolución Nº 435/2011

Fecha de disposición11 Mayo 2011
Fecha de publicación13 Septiembre 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32233

Bs. As., 11/5/2011

VISTO el Expediente Nº 1.401.193/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 27/30 obra agregado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA por la parte gremial y la empresa COSENA SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), ratificado a fojas 31.

Que las partes han convenido que la Empresa realice el cálculo de la octava hora de labor de los trabajadores convencionados que cumplan con dicha jornada laboral y el pago de una gratificación de carácter no remunerativa y extraordinaria compensatoria de eventuales diferencias, con las prescripciones y demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que las partes han convenido que la vigencia del Acuerdo opera a partir del día 1 de agosto de 2010.

Que el Acuerdo suscripto ha sido celebrado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 264/95.

Que el ámbito territorial y personal del Acuerdo, se corresponde con la actividad de la Entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que sin embargo, respecto de lo pactado en las cláusulas quinta y séptima del acuerdo cuya homologación se persigue, la misma se realiza sin perjuicio de dejar a salvo los derechos individuales de los trabajadores involucrados.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el Acuerdo de fojas 27/30 celebrado entre el SINDICATO DEL SEGURO DE LA REPUBLICA ARGENTINA y COSENA SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA del Expediente Nº 1.401.193/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

— Regístrese la presente Resolución en...

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