Resolución N° 90 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Salud
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVI - Nº 24
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 2 DE FEBRERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General
de Coordinación Técnica y Administrativa de este Ministerio de Ciencia y
Tecnología, oportunamente al Tribunal de Cuentas de la Provincia, notifí-
quese, publíquese y archívese.
FDO.: CARLOS WALTER ROBLEDO, MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Anexo: https://goo.gl/IQrd4z
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N° 30
Córdoba, 24 de enero 2017
VISTO: el Expediente Nº 0531-048799/2016, en el que se tramita la habi-
litación para funcionar como Prestadora Privada de Seguridad de la em-
presa “BAYERSEGU S.A.”, CUIT 30-71146607-6, y la designación de sus
Directores Técnicos Responsable y Sustituto.
Y CONSIDERANDO:
Que analizada la documentación obrante en autos, se desprende que
se han cumplimentado los requisitos legales exigidos por los artículos 17,
18, 24, 25 y concordantes de la Ley N° 9236 para la habilitación y designa-
ción que se solicita.
Que dichos requisitos guran en el detalle emitido por la Sección Con-
trol de la Dirección de Jurisdicción de Prestadores Privados de Seguridad
que obra en autos.
Que al respecto, el Director de Jurisdicción de Prestadores Privados
de Seguridad, emite informe favorable respecto a la habilitación de la rma
peticionante, como así también la de sus Directores Técnicos Responsable
y Sustituto.
Por ello, en virtud del Art.10 de la Ley 9236; del Art. 18 inc. 20) del
Decreto N° 1791/15, raticado por Ley N° 10.337 y lo dictaminado por la
Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno
bajo el N° 003/2017,
EL MINISTRO DE GOBIERNO
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- AUTORIZASE el funcionamiento como Prestadora Priva-
da de Seguridad de la rma “BAYERSEGU S.A.” C.U.I.T. N° 30-71146607-6,
con domicilio en Bv. Mitre Depto. 4 Ocina C N° 95, de la Ciudad de Córdo-
ba, Provincia de Córdoba, sin la autorización para el uso de armas.
Artículo 2º.- HABILÍTASE por el término de dos (2) años a los seño-
res Iván Ricardo FUNES ALVAREZ (M.I. N° 21.514.174) y Darío Ramón
MORENO (MI. N° 17.257.773), como Directores Técnicos Responsable y
Sustituto respectivamente, de la mencionada Entidad.
Artículo 3º.- Por intermedio de la Dirección de Jurisdicción de Pres-
tadores Privados de Seguridad dependiente del Ministerio de Gobierno,
extiéndase a ambos Directores Técnicos, Responsable y Sustituto respec-
tivamente, credencial habilitante, sin autorización para el uso de armas.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO DE GOBIERNO
MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN
ADMINISTRATIVA
Resolución 90
Córdoba, 20 de diciembre de 2016
VISTO: El Expediente N° 0425-318955/2016, mediante el cual se impul-
sa por el procedimiento de Subasta Electrónica Inversa, la Adquisición de
“SUTURAS” con destino a la Red Hospitalaria Provincial, dependiente de
esta Cartera Ministerial.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos el pedido de adquisición de que se trata, impulsado
por la Dirección General de Compras y Contrataciones.
Que se incorporan constancias de publicación en Boletín Ocial y en el
portal web de Compras Públicas del llamado a Subasta Electrónica Inversa
Nro. 2016/000066 de fecha 10/11/2016, junto con los Pliegos Generales,
Particulares y de Especicaciones Técnicas y el detalle de los ítems a ad-
quirir.
Que se acompañan las actuaciones correspondientes al Acta de Prela-
ción resultante, con detalle de las ofertas recibidas y constancia de notica-
ción, junto con la incorporación en los presentes obrados de la documen-
tación requerida, la cual es vericada en lo formal, adjuntándose también
posterior detalle, del que surge que respecto de los Renglones Nros. 14 y
16 no se presentaron ofertas, mientras que los Renglones Nros. 1, 2 y 13
no se han adquirido en virtud de haber desistido su oferta la DROGUERÍA
DEL LITORAL S.A. no existiendo segundo oferente en los lances, en tanto
para el Renglón Nro. 15 el único oferente DROGUERÍA VALTODANO S.A.
desiste de su oferta al no presentar la documentación requerida en térmi-
no; informándose asimismo que los citados Renglones Nros: 1, 2, 13, 14,
15 y 16 serán nuevamente solicitados por un nuevo procedimiento.
Que a fs. 94, obra el V° B° técnico de la Dirección de Jurisdicción de
Farmacia respecto de las propuestas de las rmas oferentes.
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones expresa que
los precios ofertados se corresponden a valores de mercado.
Que corre agregada la reserva del gasto correspondiente bajo Do-
cumentos Contables Nros. 2016/001491 y 2016/001494, por el importe
total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS
($241.200,00), todo de acuerdo a lo previsto en el Art. 80 de la Ley N° 9086.
Que a fs. 101, la Dirección General de Compras y Contrataciones de
esta Cartera de Salud señala que en virtud de haberse realizado una pró-
rroga para la adquisición de los productos del presente procedimiento, se
iniciarán las provisiones en el mes de enero de 2017.
Que se ha dado cumplimiento a las etapas esenciales del procedi-

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