Resolucion N° 84

EmisorDccion Defensa del Consumidor
Fecha de la disposición14 de Mayo de 2015

RESOLUCION N° 84

Mendoza, 14 de mayo de 2015

Visto: El Expte. Principal N° 2918-D-2014-00112 y acumulado el Expte. N° 2919-D-2014-00112 caratulados "Dirección Defensa del Consumidor c/Hard 32", y

CONSIDERANDO:

  1. Antecedentes de la causa

    Expte. N° 2918: A fs. 01 obra Acta de infracción N° 000204 labrada contra la firma Hard 32, propiedad del Sr. Jerónimo Buenaventura, CUIT N° 23-18399698-3, domiciliado en Panamericana 8255, Las Heras, Mendoza, con fecha 21/09/2014 por medio de la cual se establece que el boliche no presenta Certificado de Medidas de Protección Aptas Contra Incendios (Ce.Me.P.A.C.I).

    Expte. N° 2919: A fs. 01 rola Acta de infracción N° 000202 labrada contra la firma Hard 32, propiedad del Sr. Jerónimo Buenaventura, con fecha 21/09/2014 por medio de la cual se constató que el local bailable no presenta Habilitación Municipal definitiva, Certificado de Manipulación de alimentos ni libretas santarias.

  2. Competencia. Alcance Protectivo. Infraccionado

    Conforme el Artículo 48° de la Ley Provincial N° 5.547, modificatorias y concordantes y la Ley Nacional N° 24.240, esta Dirección es competente para entender en la resolución de este procedimiento administrativo.

    Asimismo, este Organismo es competente para entender en toda infracción que vulnere las demás normas protectoras del consumidor o usuario, con facultades suficientes para conocer y decidir, en sede administrativa, de oficio o por denuncias de consumidores o usuarios sobre las infracciones que afecten los derechos individuales o colectivos de consumidores o usuarios, reconocidos en otras normas distintas a las normas troncales indicadas.

  3. Pruebas existentes. Valoración probatoria

    Expte. N° 2918: A fs. 01 rola Acta de infracción confeccionada por dos inspectores de la Dirección de Defensa del Consumidor a las 04,35 hs. en donde se expresa que al momento de la inspección al local bailable Hard 32 se constata la falta del certificado de incendios previsto en la Ley 7499/2006 (Ce.Me.P.A.C.I) poniendo en peligro la vida e integridad de quienes se encontraban en el establecimiento.

    A fs. 3/4 rola Resolución N° 205/14 emitida con fecha 25/09/2014, por el jefe de Departamento de Coordinación Técnica, Inspecciones y Asesoramiento contra incendios de la Dirección de Bomberos, perteneciente al Ministerio de Seguridad de la provincia de Mendoza a raíz de la solicitud de renovación presentada por el Lic. en Higiene y Seguridad Laboral, el Sr. Pablo Calegari. En la misma se resolvió visar la Memoria Técnica, Plan de Contingencias Proyecto del Sistema de Protección contra Incendio presentada por el local comercial Hard 32. Además se resolvió visar la planimetría presentada, el plan de contingencias y el pago de la tasa retributiva correspondiente al año 2014. Por último se resolvió que queda registrada la actividad comercial y su continuidad en los archivos del Departamento de Inspecciones y Asesoramiento Técnico de la Dirección de Bomberos quedando habilitada para la confección y entrega del Certificado de Medidas de protección Aptas contra Incendios. Por lo que, a las claras surge el hecho de que el mismo se encontraba vencido al momento de la inspección.

    A fs. 05/06 obra Dictamen Legal y Técnico en virtud del cual el asesor estima pertinente sancionar al Sr. Jerónimo Buenaventura por violación al Art. N° 8 de la Ley 5547 cc con el Art. N° 5 de la Ley 24240 por no presentar el Certificado de medidas de protección aptas contra incendios (Ce.Me.P.A.C.I.).

    Expte. N° 2919: A fs. 01 rola Acta de infracción confeccionada por dos inspectores le la Dirección de Defensa del Consumidor en donde se expresó que el local bailable Hard 32 no presentaba Habilitación Municipal definitiva y que tenía una provisoria del mes de enero del año 2014. Además consigna que el local presenta falta del Certificado de Manipulación de alimentos y Iibretas sanitarias.

    A fs. 02 obra fotografía que establece la Resolución de autorización provisoria de funcionamiento de Restaurant, confitería y salón de eventos a nombre de la firma A.P.M.E. S.A., CUIT N° 30-3071066385-7, con domicilio en Ruta Panamericana N° 8255 otorgada en el mes de enero del año dos mil catorce por la Municipalidad de Las Heras.

    A fs. 03/04 rola Dictamen Legal y Técnico en el cual el Asesor estima conveniente sancionar al Sr. Jerónimo Buenaventura por la violación del Art. N° 8 de la Ley 5547 cc con el Art. N° 5 de la Ley 24240; y por la violación del Art. N° 10 de la Ley 5547/90 cc con el Decr. N° 3492/91 por no contar el local con Habilitación municipal definitiva, Certificado de manipulación de alimentos y libreta sanitaria.

  4. Descargo

    Expte. N° 2918: Que a fs. 02 se encuentra el descargo presentado por el Sr. Jerónimo Buenaventura, DNI N° 18.399.698, quien explota comercialmente el local infraccionado. En el mismo alega que el trámite del certificado Ce.Me.P.A.C.I. del local bailable ha sido gestionado por el Lic. en Calidad, Medio Ambiente e Higiene y Seguridad Laboral en las dependencias de Bomberos de la Provincia de Mendoza. Además deja de manifiesto que conoce sus obligaciones y sus derechos y que "en ningún momento quiso faltar a su ética comercial, ni perjudicar a los consumidores...

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