Resolución N° 75 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorMinisterio de Salud
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXV - Nº 21
CORDOBA, (R.A.), LUNES 30 DE ENERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Resolución N° 75
Córdoba, 12 diciembre 2016
VISTO:
El Expediente N° 0425-315184/16, mediante el cual se impulsa, por
el procedimiento de Subasta Electrónica Inversa, la “ADQUISICIÓN
DE PSICOFÁRMACOS” con destino a la Red Hospitalaria, depen-
diente de esta Cartera Ministerial.
Y CONSIDERANDO:
Que obra en autos el pedido de Adquisición de Psicofármacos im-
pulsado por la Secretaría de Salud Mental de esta Jurisdicción de
Salud, fundando ello en lo establecido en el artículo 8 de la Ley
10.155.
Que se incorporan constancias de publicación en Boletín Oficial
y en el portal Web de Compras Públicas del llamado a Subasta
Electrónica Inversa Nro. 2016/000042 de fecha 28 de Septiembre
de 2016, junto con los Pliegos Generales, Particulares y de Especi-
ficaciones Técnicas y el detalle de los ítems a adquirir.
Que se acompañan las actuaciones correspondientes al Acta de
Prelación resultante, con detalle de las ofertas recibidas y la cons-
tancia de notificación, junto con la incorporación en los presentes
obrados de la documentación requerida, la cual es verificada en lo
formal, adjuntándose también posterior detalle, del que surge que
el oferente ER-CO S.R.L., quien había obtenido el primer puesto
en el Acta de Prelación respecto de los Renglones Nros. 7, 8 y 9,
no acompaña Garantía de Oferta, razón por la cual debe tener-
se al mismo por desistido, en los términos del punto 8.2.2.4.1. del
Decreto Nro. 305/14, reglamentario de la Ley Nro. 10.155 y en su
consecuencia se procedió a notificar al oferente que le sigue en
el orden de prelación respecto de los Renglones Nros. 8 y 9, por
cuanto en relación al Renglón Nro. 7 se procedió a su adquisición
por otro procedimiento.
Que respecto de los Renglones Nros. 13 y 14 no se recibieron ofer-
tas, razón por la cual y junto con el Renglón 7, se informa de parte
de la Dirección General de Compras y Contrataciones que en apli-
cación de la facultad que el Art. 6.2.3.2 del referido Decreto Re-
glamentario confiere a la Provincia, se dejará sin efecto el llamado
correspondiente a los mismos en estas actuaciones.
Que obran los V° B° técnicos de la Dirección de Jurisdicción Farma-
cia respecto de los oferentes y los medicamentos de la comparativa
efectuada, señalándose de parte de la Dirección General Compras
y Contrataciones que los precios ofertados se ajustan a valores
de mercado, así como también que la documentación requerida ha
sido acompañada dentro de los plazos previstos por ley.
Que obran Documentos Contables Nro. 2016/001361, 2016/001362,
2016/001363, 2016/001365 y 2016/001420 por el importe total de
PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SE-
TENTA Y CINCO CON SETENTA CENTAVOS ($246.375,70), todo
de acuerdo a lo previsto en el Art. 80 de la Ley N° 9086.
Que la Dirección General de Compras y Contrataciones señala que
en virtud de haberse realizado una prórroga para la adquisición de
los productos del presente procedimiento, se iniciarán las provisio-
nes en el mes de enero de 2017.
Que se ha dado cumplimiento a las etapas esenciales del procedi-
miento instrumentado, de lo que dan cuenta las actuaciones rela-
cionadas precedentemente y en atención a lo dispuesto por el Art.
8 de la Ley Nro. 10.155 y su Decreto Reglamentario Nro. 305/14,
conforme lo dispuesto por el Decreto Nro. 676/16 y Ley de Presu-
puesto vigente Nro. 10.322.
Por ello, en uso de sus atribuciones y lo Dictaminado por la Direc-
ción de Jurisdicción de Asuntos Legales bajo Nro. 1353/16,
LA SECRETARIA DE COORDINACIÓN Y GESTIÓN
ADMINISTRATIVA
R E S U E L V E
1°.- APRUÉBASE lo actuado y AUTORÍZASE la “ADQUISICIÓN DE
PSICOFÁRMACOS” con destino a la Red Hospitalaria, dependiente
de esta Cartera Ministerial, mediante el procedimiento de Subasta
Electrónica Inversa Nro. 2016/000042 de fecha 28 de Septiembre de
2016, previsto en el Artículo 8 de la Ley 10.155.-
2°.- TÉNGASE POR DESISTIDO al oferente ER-CO S.R.L. respecto
de los renglones Nros. 7, 8 y 9, por no haber acompañado el mismo
la Garantía de Oferta requerida en el Art. Nro. 8 A) de las Condicio-
nes de Contratación.-
3°.- DÉJASE SIN EFECTO la contratación de los Renglones
Nros. 7, 13 y 14 de la presente Subasta Electrónica Inversa Nro.
2016/000042, en los términos del Art. Nro. 6.2.3.2 del Decreto Nro.
305/2014, reglamentario de la Ley Nro. 10.155.-
4°.- ADJUDÍCASE a las firmas según detalle obrante en Anexo I,
el que compuesto de DOS (2) fojas, forma parte del presente Ins-
trumento Legal, a partir del 01 de Enero de 2017 y por el plazo de
cuatro (04) meses.-
5°.- LA presente erogación que asciende a la suma total de PESOS
DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y
CINCO CON SETENTA CENTAVOS ($246.375,70), se imputará con
cargo a Anticipo Ejercicio Año 2017, a los Programas y Partidas que
el respectivo presupuesto autorice.
6°.- FACÚLTASE a la Dirección de Jurisdicción de Administración
de esta Cartera Ministerial, a realizar los ajustes presupuestarios
pertinentes, de acuerdo a los montos efectivamente facturados por
las firmas adjudicatarias.-
7º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención al Tribunal
de Cuentas de la Provincia de Córdoba, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.-
FDO. CRA LAURA JUDITH JURE, SECRETARIA DE COORDINACIÓN Y
GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Anexo: https://goo.gl/T6Ka8t

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