Resolucion N° 743

EmisorMin. Seguridad
Fecha de la disposición21 de Abril de 2014

RESOLUCION N° 743

Mendoza, 21 de abril de 2014

Visto el expediente N° 88-I-2011-00107 (cuatro cuerpos) y su acumulado N° 1971-M-2013-00106; y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones se instruyó sumario administrativo al Oficial Auxiliar -Personal Policial- Osvaldo Fabián Palorma Palma y al Oficial Auxiliar -Personal Policial- José Enmanuel Greco Mercado, por infracción al art. 100, inc. 1), en función con los arts. 8; 9, incs. 1), 2) y 43, incs. 3), 4) y 5) de la Ley N° 6722 y modificatorias;

Que analizado lo actuado se determina que los imputados con su conducta transgredieron dolosamente los principios y procedimientos básicos de la actuación policial, afectando el prestigio de la institución;

Que del análisis exhaustivo de todos los antecedentes incorporados y de las pruebas producidas durante el proceso sumarial que han sido valorados en el dictamen de la Junta de Disciplina obrante a fs. 636/639 que se dan por reproducidos en honor a la brevedad, surge que los funcionarios de mención son responsables de la falta imputada;

Que se han cumplimentado todas las normas del debido proceso legal, habiéndose otorgado los imputados la oportunidad de ejercer su derecho de defensa (declaración indagatoria a fs. 250/251 y 252/253; ampliación indagatoria a fs. 303/301 y citación para alegar a fs. 633);

Que la Junta de Disciplina de este Ministerio aconseja la sanción de Cesantía sujeta a Exoneración en caso de incurrir en lo previsto por el art. 99, inc. 1) de la Ley N° 6722 y modificatorias a los Oficiales Auxiliares P.P. Palorma y Greco, por haber quedado plenamente acreditada la falta cometida.

Por ello, atento a lo dictaminado por Dirección de Asesoría Letrada a fs. 640/641 y la facultad otorgada por Decreto-Acuerdo N° 565/08,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

  1. )...

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