Resolución Nº 63/2008

EmisorAdm. Prov. del Fondo
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2008

RESOLUCIÓN Nº 63/2008

Mendoza, 5 de agosto de 2008

Asunto: Modificación Resolución Nº 14/2008 de Aprobación Línea de Crédito en pesos destinada a financiar la Renovación de Vehículos de Inspectores de la Subdirección de Regalías - D.G.R., su Reglamentación, Modelo de Contrato de Préstamo, Pagaré y Cesión de Derechos. Aprobación Convenio de Retención y Colaboración a Suscribir con el Ministerio de Hacienda. Aprobación de Pautas de Análisis de Propuestas.

Visto Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 08-F-07 de la Administradora Provincial del Fondo,

La Ley Provincial Nº 7.591 y sus modificatorias; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 14/2008, emanada de la Administradora, se aprobó Línea de Crédito en Pesos destinada a financiar la renovación de vehículos de Inspectores de la Subdirección de Regalías (D.G.R.), su reglamentación, el modelo de contrato de préstamo, pagaré y cesión de derechos a utilizar en la instrumentación de los préstamos y el modelo de convenio de retención y colaboración a suscribir con el Ministerio de Hacienda;

Que asimismo, a través de la mencionada Resolución se aprobaron las pautas de análisis que los sectores técnicos deberán observar en el tratamiento de las propuestas;

Que el Ministerio de Hacienda, mediante informe remitido por la Contaduría General de la Provincia, efectuó algunas observaciones respecto de la redacción de ciertas cláusulas del Convenio de retención y colaboración a suscribir con el mencionado Ministerio, las cuales se consideran razonables y, por lo tanto, conveniente su incorporación al texto del Convenio;

Que, por otra parte, la Subdirección de Regalías - D.G.R. ha requerido modificaciones en la Línea de Crédito respecto del porcentaje financiable y del monto máximo de préstamo, los que esta Administradora ha considerado conveniente mantener conforme fueran aprobados originalmente, redefiniendo los componentes financiables y eliminado la obligación del Tomador de crédito de cancelar el 30% del monto financiado una vez concluido el período de gracia;

Que las observaciones señaladas en los párrafos anteriores generan la necesidad de proceder a la modificación del Reglamento de Condiciones Particulares de la Línea, del Modelo de Contrato de Préstamo y de Cesión de Derechos a utilizar en la instrumentación de los préstamos y el modelo de Convenio de retención y colaboración a suscribir con el Ministerio de Hacienda;

Que asimismo, resulta necesario realizar ciertas modificaciones en las pautas de análisis que los sectores técnicos deberán observar en el tratamiento de las propuestas;

Que esta Resolución se emite en virtud de la delegación de facultades del Órgano Colegiado de la Administradora en el Director Ejecutivo, a través de la Resolución Nº 27/1998, conforme lo autorizan los Artículos 7º y 9º de la Ley Nº 3.909, tanto en la reglamentación como en la instrumentación de los financiamientos.

Por lo expuesto:

LA ADMINISTRADORA

PROVINCIAL DEL FONDO

RESUELVE:

Artículo 1º

Modifícase el Reglamento de Condiciones Particulares de la Línea de Crédito en Pesos Destinada a Financiar la Renovación de Vehículos de Inspectores de la Subdirección de Regalías - D.G.R., aprobado en el Artículo 1º de la Resolución Nº 14/2008 de la Administradora Provincial del Fondo, el que quedará redactado conforme al texto que se agrega como Anexo I, el cual forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2º

Modifícanse los modelos de Contrato de Préstamo con garantía prendaria, Pagaré y Cesión de Derechos, aprobados en el Artículo 2º de la Resolución Nº 14/2008 de la Administradora Provincial del Fondo, los que quedarán redactados conforme a los modelos que como Anexo Il forman parte de la presente Resolución. Los referidos modelos podrán ser adecuados por el Director Ejecutivo de esta Administradora en todo aquello que no se contraponga a lo dispuesto en la presente Resolución, en particular, por el ofrecimiento de otros tipos de garantía.

Artículo 3º

Modifícase el modelo de Convenio de Retención y Colaboración a celebrar entre el Ministerio de Hacienda y la Administradora Provincial del Fondo, aprobado en el Artículo 3º de la Resolución Nº 14/2008 de la Administradora Provincial del Fondo, el que quedará redactado conforme el modelo que como Anexo III forma parte de la presente Resolución. El referido modelo podrá ser adecuado por el Director Ejecutivo en todo aquello que no se contraponga a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 4º

Modifícanse las pautas de análisis para el tratamiento de las solicitudes de crédito que se presenten en el marco de la Línea de Crédito en Pesos Destinada a Financiar la Renovación de Vehículos de Inspectores de la Subdirección de Regalías - D.G.R., establecidas en el Artículo 4º de la Resolución Nº 14/2008 de la Administradora Provincial del Fondo, en lo que respecta a los Sectores Notarial y de Análisis de Riesgo Crediticio, las que quedarán redactadas conforme se detalla a continuación:

Análisis Notarial: la capacidad legal de los solicitantes para tomar el crédito, suscribir el contrato de préstamo correspondiente y constituir garantías y, en su caso, de los titulares de los bienes ofrecidos en garantía y/o fiadores, será determinada por el Escribano interviniente o bien por un Asesor Notarial de la Administradora, según corresponda, mediante consultas realizadas ante la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia, la Suprema Corte de Justicia y el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, debiendo presentar a la Administradora, previo a la firma del Contrato de Préstamo, los oficios que informen si los solicitantes y, en su caso, los titulares de los bienes ofrecidos en garantía y/o fiadores, registran causas pendientes en los Registros de Procesos Concursales, incapacidades legales y/o si se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes.

Los Asesores Notariales de la Administradora actuarán en el marco de las Resoluciones Nº 14/2003 y 83/2004 del Director Ejecutivo de la Administradora Provincial del Fondo.

Análisis de Riesgo Crediticio: se verificará que los solicitantes y, en su caso, los fiadores no registren deuda exigible e impaga en las líneas de crédito en las que la Administradora actúa por sí, como mandataria, fiduciaria y/o en cualquier otro carácter que ella adopte. Asimismo, deberá informarse si los solicitantes registran deudas financieras y/o fiscales exigibles e impagas con el Gobierno de la Provincia de Mendoza sobre la base de la información que los solicitantes suministren al respecto en carácter de declaración jurada. Se solicitarán además informes al clearing de deudores (VERAZ RISC y CO.DE.ME.) respecto de los solicitantes y, en su caso, de los fiadores.

Artículo 5º

Notifíquese, publíquese y archívese.

Adrián H. cerroni

Guillermo Migliozzi

Francisco H. Pérez

________

ANEXO I

REGLAMENTO DE CONDICIONES PARTICULARES LINEA

DE CREDITO EN PESOS

DESTINADA A FINANCIAR LA RENOVACIÓN DE VEHÍCULOS

DE INSPECTORES

DE LA SUBDIRECCIÓN

DE REGALÍAS - D.G.R.

______

CAPITULO 1

Objeto de la Financiación

1- Objeto

La presente línea de crédito tiene por objeto asistir financieramente la renovación de las unidades vehiculares de titularidad del personal afectado a la inspección de la producción de hidrocarburos de la Provincia de Mendoza, perteneciente a la Subdirección de Regalías de la Dirección General de Rentas - Ministerio de Hacienda del Gobierno de Mendoza, utilizadas para el desarrollo de su actividad laboral, a efectos de una adecuada ejecución de las tareas en los yacimientos distribuidos en el territorio provincial.

CAPITULO 2

Condiciones de Admisibilidad de Solicitantes

2- Solicitantes Admitidos

Serán admitidas las personas físicas que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Reglamento de Condiciones Generales conjuntamente con los siguientes:

  1. Revistan la calidad de personal permanente o temporario con funciones de inspección de la producción de hidrocarburos de la Provincia de Mendoza, pertenecientes a la Subdirección de Regalías de la Dirección General de Rentas, y registren una antigüedad mínima en tales tareas de un (1) año, y

  2. Cuenten con certificación emitida por la Subdirección de Regalías de la Dirección General de Rentas de la cual surja tal calidad, la antigüedad en el empleo, su remuneración promedio y que la unidad vehicular a adquirir, para la cual se solicita financiamiento ante la Administradora, cumple con las condiciones reglamentarias vigentes para la prestación del servicio de inspección de la producción hidrocarburífera.

3- Solicitantes Excluidos

No podrán ser admitidos como postulantes las personas físicas que cuenten con informes desfavorables del CO.DE.ME. y Veraz.

La presente cláusula es complementaria de lo establecido en el Capítulo 2 - Cláusula 3 del Reglamento de Condiciones Generales.

CAPITULO 3

Condiciones

del Financiamiento

4- Monto a Financiar

El valor total de la unidad es el conformado por:

  1. Precio neto unitario de compra;

  2. Gastos de flete a la Ciudad de Mendoza y alistamiento;

  3. Inscripción inicial de la unidad en el Registro de la Propiedad del Automotor y en la Dirección General de Rentas (incluye costo de formularios 01 y 12, o los que los reemplacen en el futuro, costo del

    titulo, de la tarjeta verde y de la

    chapa patente);

  4. El I.V.A. de la inversión;

    No se aceptarán cambios en la unidad a adquirir una vez aprobado el financiamiento, salvo autorización expresa del Director Ejecutivo de la Administradora y una vez que sea conformado tal cambio por

    la Subdirección de Regalías de la Dirección General de Rentas.

    5- Reintegro del Crédito

    La efectivización del préstamo, al igual que el reintegro por parte del solicitante...

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