Resolución Nº 14/2008

EmisorAdm. Prov. del Fondo
Fecha de la disposición29 de Febrero de 2008

RESOLUCIÓN Nº 14/2008

Mendoza, 29 de febrero de 2008

Asunto: Aprobacion Línea de Credito en pesos destinada a financiar la Renovación de Vehículos de Inspectores de la Subdirección de Regalías - D.G.R., su Reglamentación, Modelo de Contrato de Préstamo, Pagaré y Cesión de Derechos. Aprobación Convenio de Retención y Colaboración a suscribir con el Ministerio de Hacienda. Aprobación de Pautas de Análisis de Propuestas.

Visto Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 08-F-07 de la Administradora Provincial del Fondo,

La Ley Provincial Nº 7.591; y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a las constancias que surgen del Expediente Nº 77-S-05-01138 de la Subdirección de Regalías, dependiente de la Dirección General de Rentas, entre otros aspectos, se ha destacado la necesidad de exigir a los inspectores que prestan funciones de fiscalización de la producción de hidrocarburos en la Provincia de Mendoza, vehículos para el mejor desarrollo de sus tareas, que verifiquen ciertas características, referidas a antigüedad y peso de la unidad, teniendo en cuenta las condiciones de los caminos que transitan, la cantidad de kilómetros que recorren mensualmente, la rigurosidad del clima y razones de seguridad;

Que en virtud de las exigencias antes mencionadas, la mayor parte de los inspectores deberá proceder a la renovación de sus unidades vehiculares;

Que la Ley Nº 7.591 en su Artículo 3º establece que para el financiamiento de la renovación de las unidades automotrices del personal afectado a tareas de inspección de la Subdirección de Regalías, éste podrá optar por suscribir una línea de crédito que para tal fin instrumente el Fondo Provincial para la Transformación y Crecimiento de Mendoza;

Que asimismo dicho artículo señala que los tomadores de crédito podrán ceder a favor de citado Fondo, una proporción de la asignación especial por movilidad que se les liquide mensualmente para su acreditación automática, en cancelación de las cuotas de amortización del crédito, según las condiciones que oportunamente acuerde al agente inspector, el Fondo Provincial para la Transformación y el Crecimiento de Mendoza;

Que a efectos de que resulte viable la cesión antes referida, es necesaria la suscripción de un Convenio de Retención entre la Provincia de Mendoza, la que actuará a través del Ministerio de Hacienda (de quién depende la Subdirección de Regalías) y la Administradora, por el que la primera se comprometa a retener de la asignación mensual especial por movilidad de los inspectores de la Subdirección de Regalías que soliciten el crédito en cuestión, una proporción de la misma y depositarla a favor de la Administradora a efectos de que sea aplicada al pago de las cuotas del crédito;

Que, para tales emprendimientos, esta Administradora meritúa adecuado en la Línea de Crédito que se cree, se contemple la participación de la Subdirección de Regalías

asignándole funciones de certificación de la calidad de agente inspector, su antigüedad, remuneración promedio y viabilidad del vehículo a adquirir, a cuyos efectos resulta necesario suscribir un acuerdo de colaboración en el cual se establezcan las funciones y responsabilidades de las partes;

Que el monto máximo de financiamiento a requerir por solicitante se ha determinado en base a los presupuestos proporcionados por la Subdirección de Regalías, considerándose a tales fines el 75% de los valores promedio de las unidades presupuestadas;

Que dicho porcentaje máximo ha sido establecido teniendo en cuenta que se trata de una operatoria destinada a la renovación de unidades lo que implica que los solicitantes se encuentran en condiciones de efectuar un porcentaje de aporte, resultante de la venta del vehículo reemplazado;

Que, a efectos de un adecuado resguardo de los créditos que se otorguen y proveer mecanismos de garantía acordes con las características de los potenciales tomadores de crédito, se ha contemplado en la operatoria la posibilidad de complementar las garantías previstas en la reglamentación general, con fianzas personales;

Que Asesoría Letrada y el Departamento Contable y Tesorería de la Administradora, han realizado los correspondientes análisis, emitiendo los respectivos dictámenes en los cuales se otorga la viabilidad jurídica y financiera a la implementación de la Línea de Crédito en cuestión;

Que esta Resolución se emite en virtud de la delegación de facultades del Órgano Colegiado de la Administradora en el Director Ejecutivo, a través de la Resolución Nº 27/1998, conforme lo autorizan los Artículos 7º y 9º de la Ley Nº 3.909, tanto en la reglamentación como en la instrumentación de los financiamientos.

Por lo expuesto:

LA ADMINISTRADORA

PROVINCIAL DEL FONDO

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébase la Línea de Crédito en Pesos Destinada a Financiar la Renovación de Vehículos de Inspectores de la Subdirección de Regalías - D.G.R. y el Reglamento de Condiciones Particulares de la misma, que como Anexo I forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2º

Apruébense los modelos de Contrato de Préstamo con garantía prendaria, Pagaré y Cesión de Derechos, conforme a los modelos que como Anexo Il, forman parte de la presente Resolución. Los referidos modelos podrán ser modificados en todo aquello que no se contraponga a lo dispuesto en la presente Resolución, en particular, por el ofrecimiento de otros tipos de garantía.

Artículo 3º

Apruébase el modelo de Convenio de Retención y Colaboración a celebrar entre el Ministerio de Hacienda y la Administradora Provincial del Fondo que como Anexo III forma parte de la presente Resolución. El referido modelo podrá ser modificado en todo aquello que no se contraponga a lo dispuesto en la presente Resolución.

Artículo 4º

Admítanse como suficientes para el tratamiento de las solicitudes de crédito que se presenten en el marco de la Línea de Crédito aprobada en el Artículo 1º de la presente, las evaluaciones que a continuación se detallan:

Análisis Jurídico: será de aplicación la Resolución Nº 74/1999 del Director Ejecutivo de la Administradora (parte pertinente), analizándose la adecuada cumplimentación de la documentación exigida para la presentación de la propuesta, así como también la correspondiente a las garantías ofrecidas, conforme a la reglamentación vigente. Las condiciones de admisión a la Línea de Crédito se verificarán mediante las Declaraciones Juradas incluidas en la "Solicitud de Crédito" y la documentación e información que los solicitantes presenten al efecto, conforme lo exija la reglamentación. Asesoría Letrada deberá expedirse expresamente favorablemente o no respecto del cumplimiento de los requisitos legales exigibles y la viabilidad desde el punto de vista jurídico de la propuesta.

Análisis Notarial: la capacidad legal de los solicitantes para tomar el crédito, suscribir el contrato de préstamo correspondiente y constituir garantías y, en su caso, de los titulares de los bienes ofrecidos en garantía, será determinada por el Escribano interviniente o bien por un Asesor Notarial de la Administradora, según corresponda, mediante consultas realizadas ante la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia, la Suprema Corte de Justicia y el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, debiendo presentar a la Administradora, previo a la firma del Contrato de Préstamo, los oficios que informen si los solicitantes y, en su caso, los titulares de los bienes ofrecidos en garantía, registran causas pendientes en los Registros de Procesos Concursales, incapacidades legales y/o si se encuentran inhibidos para disponer de sus bienes.

Los Asesores Notariales de la Administradora actuarán en el marco de las Resoluciones Nº 14/2003 y 83/2004 del Director Ejecutivo de la Administradora Provincial del Fondo.

Análisis de Riesgo Crediticio: se verificará que los solicitantes no registren deuda exigible e impaga en las líneas de crédito en las que la Administradora actúa por sí, como mandataria, fiduciaria y/o en cualquier otro carácter que ella adopte. Asimismo, deberá informarse si los solicitantes registran deudas financieras y/o fiscales exigibles e impagas con el Gobierno de la Provincia de Mendoza sobre la base de la información que los solicitantes suministren al respecto en carácter de declaración jurada. Se solicitarán además informes al clearing de deudores (VERAZ RISC y CO.DE.ME.).

Análisis Técnico: la Subdirección de Regalías - D.G.R., emitirá certificación de la cual surja que el solicitante es personal permanente o temporario con funciones de inspección de la producción de hidrocarburos de la Provincia de Mendoza, su antigüedad en dicho empleo, su remuneración mensual promedio y si la unidad a adquirir cumple con las condiciones reglamentarias vigentes para la prestación del servicio de inspección de la producción de hidrocarburos, establecidas en la Ley Provincial Nº 7.591, Artículo 2º.

Artículo 5º

Notifíquese, publíquese y archívese.

Adrián H. Cerroni

Guillermo Migliozzi

Francisco H. Pérez

_______

ANEXO I

REGLAMENTO DE CONDICIONES PARTICULARES LINEA DE CREDITO EN PESOS DESTINADA A FINANCIAR LA RENOVACIÓN DE VEHÍCULOS DE

INSPECTORES DE LA

SUBDIRECCIÓN

DE REGALÍAS - D.G.R.

CAPITULO 1

OBJETO DE LA FINANCIACIÓN

1- Objeto

La presente línea de crédito tiene por objeto asistir financieramente la renovación de las unidades vehiculares de titularidad del personal afectado a la inspección de la producción de hidrocarburos de la Provincia de Mendoza, perteneciente a la Subdirección de Regalías de la Dirección General de Rentas, utilizadas para el desarrollo de su actividad laboral, a efectos de una adecuada ejecución de las tareas en los yacimientos distribuidos en el territorio provincial.

CAPITULO 2

CONDICIONES

DE ADMISIBILIDAD

DE...

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