Resolución Nº 96/GCABA/AGC/13

FirmantesGómez Centurión
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición20 de Marzo de 2013

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

"2013. Año del 30 aniversario de la vuelta a la democracia"

RESOLUCIÓN N.° 96/AGC/13

Buenos Aires, 20 de marzo de 2013

VISTO:

EL EXPEDIENTE N° 26.166/09, Y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 211-AGC-2009 (en copia fiel a fs. 7), se ordenó la

instrucción del presente sumario administrativo, a fin de investigar los hechos y

deslindar las responsabilidades, con motivo de la sustracción de dos termómetros

marca Testo, pertenecientes a la Dirección General de Higiene y Seguridad

Alimentaria;

Que mediante el informe suscripto por el Inspector de la Dirección General de Higiene

y Seguridad Alimentaria, Hernán Pablo Cornes, fechado el 27 de marzo de 2009,

agregado a fs. 3, el referido agente comunicó a la Superioridad que el día 25 de marzo

de 2009, durante el cumplimiento de sus funciones, extravió una cartera de cuero, la

que contenía entre otros elementos, un termómetro marca Testo de propiedad del

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que a fs. 4, se glosó la copia del Certificado de la denuncia por extravío, formalizada

por Hernán Pablo Cornes, ante la Comisaría 29a de la Policía Federal Argentina. Por

otra parte, el Inspector de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria,

Marcelo Walter Amadeo Gorla, con fecha 24 de noviembre de 2008 elevó un informe a

su superior jerárquico, el que se identificó como Registro N° 12.280-DGHySA-2008,

glosado a fs. 5, por medio del que le comunicó que el día 21 de noviembre de 2008

había sido víctima del hurto de su portafolio, el que contenía entre otros objetos un

termómetro digital marca Testo;

Que el referido agente, con motivo del hecho acaecido, conforme a la constancia

agregada a fs. 6, formuló la pertinente denuncia policial ante la Comisaría 3a de la

Policía Federal Argentina el día 21 de noviembre de 2008. Dichas actuaciones se

caratularon: "Hurto", y en ellas se señaló que se dio intervención judicial;

Que abierta que fuese la etapa instructoria del presente sumario administrativo, se le

recibió declaración testimonial al Director de la Dirección de Seguridad Alimentaria,

dependiente de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, Pablo

Eduardo Bianchi, quien a fs. 43/44, expresó que el agente Hernán Pablo Cornes

cumplía funciones de inspector dentro del Departamento de Fiscalización de

Establecimientos;

Que indicó que el organismo donde prestaba servicios otorgaba a cada inspector un

termómetro marca Testo, credencial, actas de comprobación y bolsas estériles para

los supuestos casos en que fuese necesario tomar muestras. Añadió que algunos

agentes también poseían equipos de radio-llamada. Asimismo Informó que los

inspectores salían en grupos formados por dos personas, los que siempre se

alternaban. Explicó que la rutina de trabajo era confeccionada por el Jefe de

Departamento;

Que afirmó que el agente Marcelo Walter Amadeo Gorla cumplía funciones de

inspector en el Departamento de Fiscalización de Mercadería en Tránsito. Añadió que

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dicho sector contaba con un Jefe, el que se encargaba de confeccionar las órdenes de

servicio;

Que refirió que los inspectores eran trasladados por una camioneta de la repartición, la

que estaba a cargo de un chofer asignado a tal efecto. Agregó que dicho vehículo

quedaba estacionado a cuarenta y cinco grados de la acera mientras se efectuaba el

operativo en la vía pública;

Que expresó que los procedimientos inspectivos se desarrollaban con personal

perteneciente a la Policía Federal Argentina, quien detenía los rodados. Agregó que

luego de ello, los inspectores de la repartición controlaban la documentación y el

estado de la mercadería, mediante el uso de un termómetro. Aseveró que cada

inspector tenía asignado un termómetro, sin embargo en los operativos se utilizaba el

de uno de ellos;

Que prosiguió su narración señalando que el agente Garla había dejado dentro del

vehículo que los trasladó, todos los elementos de trabajo que no habría de utilizar

durante el procedimiento, aun sus efectos personales. Destacó que los aludidos

operativos se efectuaban desde las 06:00 hasta las 12:00 hs., razón por la que los

choferes de los automóviles afectados a los procedimientos descendían de ellos y

permanecían próximos a los mismos, excepto cuando debían concurrir a los servicios

sanitarios. Subrayó que dichos trabajadores luego de apearse de los vehículos, tenían

que verificar que éstos quedasen cerrados con llave. Resaltó que el organismo tenía

asignadas dos camionetas grandes, una Mercedes Benz Sprinter y otra Fiat Iveco.

Expresó que el portón trasero de las camionetas nunca se lo utilizaba. Concluyó que,

según le había manifestado el chofer del vehículo siniestrado, éste al descender del

rodado solamente controló que las puertas quedasen cerradas, no así el portón,

porque supuso que estaba con llave;

Que a fs. 47, fue oficiada la Nota N° 1.059.216- DGSUM-2009 a la Dirección General

de Higiene y Seguridad Alimentaria, por medio de la que se le solicitó a la citada

repartición que informase las misiones y funciones de los agentes Hernán Pablo

Cornes, Marcelo Walter Amadeo Gorla y Washington Manuel Lemos Lacuesta en el

lapso comprendido entre noviembre de 2008 a abril de 2009. A fs. 51, el organismo

oficiado respondió que en el destacado período los agentes Cornes y Gorla cumplieron

funciones inspectivas, mientras que el trabajador Lemos Lacuesta se desenvolvió

como chofer de la repartición. Además, informó que el día 25 de marzo de 2009 el

agente Cornes trabajó con el agente Ragucci y los lugares fueron Reconquista 1093,

M. T. de Alvear 396 y Reconquista 394. También, dijo que el día 21 de noviembre de

2008 el agente Gorla trabajó con los agentes Rela e lñón en Viamonte y Suipacha y el

agente Lemos Lacuesta estuvo afectado a la misma zona de trabajo;

Que personal de la Dirección General de Sumarios se constituyó por ante la Fiscalía

Nacional en lo Correccional N° 7, donde tramitó la Causa N° C - 07 - 12.980,

caratulada "N. N. sI Hurto", concerniente al hecho de autos, informándose a fs. 54, que

el día 22 de diciembre de 2008 se ordenó remitir las aludidas actuaciones a la

Dirección General de Investigaciones con Autores Desconocidos de la Procuración

General de la Nación, para su archivo. Por su parte, el Inspector de la Dirección

General de Higiene y Seguridad Alimentaria, Sergio Luis Ragucci se pronunció en

testimonial, expresando a fs. 55 y vta. que recordaba haber cumplido funciones junto

al agente Hernán Pablo Cornes el 25 de marzo de 2009. Explicó que ese día

realizaron tres procedimientos inspectivos, aproximadamente;

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Que indicó que en uno de ellos, dicho trabajador comenzó a buscar el termómetro

dentro de su maletín, el que no pudo ser hallado, al igual que su billetera. Concluyó

que volvieron sobre los lugares previamente inspeccionados, sin haber podido obtener

resultados positivos. Asimismo, el Coordinador de Mercadería en Tránsito de la

Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria, Rubén René Miranda depuso

en testimonial, a fs. 57 y vta., diciendo que el día 21 de noviembre de 2008 realizó un

control de mercaderías en la intersección de las calles Suipacha y Viamonte, junto al

agente Gorla;

Que indicó que tuvieron asignado un vehículo con chofer para llevar a cabo dicho

procedimiento inspectivo. Puntualizó que durante el tiempo que duró el operativo, los

inspectores dejaron sus pertenencias dentro...

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