Resolución Nº 992/2012

Fecha de disposición10 Julio 2012
Fecha de publicación24 Agosto 2012
SecciónResoluciones

Bs. As., 10/7/2012

VISTO el Expediente Nº 1.338.425/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa obrante a fojas 111/142 del Expediente Nº 1.338.425/09, celebrado entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO TUCUMAN DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS y la empresa SOCIEDAD DE AGUAS DEL TUCUMAN SAT - SAPEM, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado convenio renueva a su antecesor, el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 776/06 “E”.

Que el convenio colectivo precitado comprende a todos los trabajadores en relación de dependencia con la empresa, cualquiera sea su situación de revista, conforme los detalles que surgen del texto al cual se remite.

Que el ámbito territorial de aplicación del mismo, se circunscribirá al alcance de representación geográfica de las asociaciones sindicales firmantes, emergente de las respectivas personerías gremiales.

Que mediante presentación obrante a foja 1 del Expediente Nº 1.495.730/12 agregado como fojas 152 al Expediente Nº 1.338.425/09 que se incorpora como complementaria, las partes formulan ciertas aclaraciones respecto de las previsiones del artículo 17 del convenio colectivo de marras.

Que en relación a lo pactado en el artículo 17.1 incisos a), b) y c), respecto del período de otorgamiento de las vacaciones, se hace saber a las partes que la homologación del presente convenio, en ningún caso, exime al empleador de solicitar previamente ante la autoridad laboral la autorización administrativa que corresponde peticionar, conforme lo establecido en el artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que en relación a lo dispuesto en el artículo 55, se aclara que la homologación que por la presente se dispone lo es sin perjuicio del ejercicio por parte de los trabajadores del derecho a la libre elección de su Obra Social en los términos del Decreto Nº 9/93 y sus modificatorios.

Que teniendo en cuenta las escalas salariales previstas en el convenio colectivo de marras y lo dispuesto por el CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MINIMO, VITAL Y MOVIL mediante las Resoluciones Nº 2/11 y 3/11, es necesario dejar expresamente establecido que eventualmente, las partes deberán ajustar los valores salariales, respecto de las categorías que correspondan, a los efectos que la remuneración total a percibir por los trabajadores en ningún caso resulte inferior a dicho monto.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y ratificaron en todos sus términos el mentado convenio.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º

— Decláranse homologados el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa y el Acta Complementaria, obrantes a fojas 111/142 del Expediente Nº 1.338.425/09 y a foja 1 del Expediente Nº 1.495.730/12 agregado como fojas 152 al Expediente Nº 1.338.425/09, respectivamente, celebrados entre la FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS, el SINDICATO TUCUMAN DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS y la empresa SOCIEDAD DE AGUAS DEL TUCUMAN SAT - SAPEM, conforme lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

— Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa, obrante a fojas 111/142 del Expediente Nº 1.338.425/09, conjuntamente con el Acta Complementaria obrante a foja 1 del Expediente Nº 1.495.730/12 agregado como fojas 152 al Expediente Nº 1.338.425/09.

ARTICULO 3º

— Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 5º

— Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita de los instrumentos homologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.338.425/09

Buenos Aires, 11 de julio de 2012

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 992/12, se ha tomado razón de la Convención Colectiva de Trabajo de Empresa obrante a fojas 111/142 del expediente principal, conjuntamente con el acta complementaria obrante a fojas 1 del expediente 1.495.730/12 agregado como fojas 152 al expediente de la referencia, quedando registrado bajo el número 1281/12 “E”. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

CONVENCION COLECTIVA DE TRABAJO

DE EMPRESA

SAT - SAPEM

TUCUMAN

INDICE

TITULOSCONTENIDOTITULO IRECAUDOS FORMALES AMBITO DE APLICACIONTITULO IICOMPROMISO SOCIAL PRINCIPIOS Y DERECHOSTITULO IIITIEMPO DE TRABAJO, JORNADA, DESCANSOS Y LICENCIASTITULO IVCONDICIONES DE TRABAJOTITULO VSALUD, HIGIENE Y SEGURIDADTITULO VICONDICIONES ECONOMICASTITULO VIIBENEFICIOS SOCIALESTITULO VIIIRESCICION DEL VINCULOTITULO IXRELACIONES GREMIALESTITULO XPROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADATITULO XIPRECISIONES LEGALESTITULO XIIHOMOLOGACIONANEXO IDIAGRAMA GUARDIA ROTATIVA DE DOS TURNOSANEXO IIDIAGRAMA GUARDIA ROTATIVA DE TRES TURNOS

CONVECION COLECTIVA DE TRABAJO DE EMPRESA

TITULO I: RECAUDOS FORMALES - AMBITO DE APLICACION

ARTICULO 1º

LUGAR Y FECHA DE CELEBRACION:

S. M. DE TUCUMAN, Diciembre de 2011

ARTICULO 2º

MIEMBROS PARITARIOS.

La Comisión Negociadora integrada por el Sr. Rubén Héctor PEREYRA, el Sr. Carlos Raúl DONAIRE, el Sr. José Américo AUBERNI, y el Ing. Francisco CEJAS y los asesores, Dra. Andrea Verónica AGUIRRE y el Sr. Juan Carlos Milan todos ellos en calidad de Miembros Paritarios Titulares por el sector de los trabajadores en representación de la Federación Nacional de Trabajadores de Obras Sanitarias y el Sindicato Tucumán del Personal de Obras Sanitarias; y en representación de la sociedad AGUAS DE TUCUMAN SAT SAPEM, representada por el Dr. Guillermo Augusto RUIZ DONCEL y la Dra. Ana María RODRIGUEZ PONCE DE LEON, todos ellos miembros titulares.

ARTICULO 3º

PARTES CONTRATANTES Y ACREDITACION DE PERSONERIA.

El SINDICATO TUCUMAN DEL PERSONAL DE OBRAS SANITARIAS, (Si.T.P.O.S.), asociación con personería gremial Nº 653, con domicilio en calle Santiago del Estero Nº 530 de la ciudad de San Miguel de Tucumán, representada en este acto por su Secretario General Mario Enrique BARRAZA, y La FEDERACION NACIONAL DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS (F.E.N.T.O.S.), Personería Gremial Nº 580, con domicilio en calle Pasco Nº 572/580, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por los Sres. Rubén Héctor PEREYRA, en adelante la parte Sindical, por una parte, y por la otra la sociedad AGUAS DEL TUCUMAN SAT - S.A.P.E.M., con domicilio en calle Monteagudo Nº 129, en San Miguel de Tucumán, representada en este acto por su Presidente Ing. Benigno Alfredo Calvo, en adelante denominada LA EMPRESA, convienen en formalizar la siguiente Convención Colectiva de Trabajo de Empresa, de acuerdo a la tipología establecida por las Leyes 14.250 (T.O. Decreto 1135/04), con las modificaciones y agregados introducidos por la Ley 25.674, 25.877, así como el artículo 24 de la Ley 24.013.

ARTICULO 4º

ACTIVIDAD Y CATEGORIA DE TRABAJADORES A QUE SE REFIERE.

La presente Convención Colectiva de Trabajo, comprende a todos los trabajadores en relación de dependencia con la Empresa, cualquiera sea su situación de revista.

La Empresa podrá excluir del escalafón que forma parte integrante del presente Convenio al personal jerárquico ubicado en los niveles Gerenciales. Se fijará como piso salarial los valores establecidos en la presente Convención Colectiva de Trabajo para cada uno de los...

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