Resolucion N° 576

EmisorServicio Penitenciario Provincial
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2012

RESOLUCION N° 576

Mendoza, 17 de mayo de 2012

VISTO:

El Oficio librado por la Inspección General de Seguridad identificado bajo el N° 408/12, vinculado al Suboficial Subayudante S.C.P. y A. Gustavo Eugenio Maximiliano Castello Ponce, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo ordenado en autos N° 565-I-2012-00107, caratulados: "Complejo Penitenciario Almafuerte e/Novedad Sustancia Vegetal Posible Mariahana Denunciado Subof. Subayte. Castello Gustavo Trámite Interno 322-M-2012" la Inspección General de Seguridad informa que su Directorio, para fecha 24 de abril del corriente año y mediante Resolución N° 86/12 ordena instruir formal sumario administrativo al Suboficial Subayudante S.C.P. y A. Gustavo Eugenio Maximiliano Castello Ponce, imputándole la comisión de falta administrativa al incumplir los deberes dispuestos por el art. 8° inc. a), b), e) y l) de la Ley 7493.

Que, en el artículo 2° se dispone la suspensión preventiva del numerario por el lapso de sesenta días, conforme las previsiones establecidas en el art. 56° de la Ley 7.493.

Que, en el art. 3° de la citada norma legal se solicita a esta Instancia el pase a revista pasiva del causante en los términos del art. 46° inc. 4) de la Ley 7.493.

Que, en virtud del requerimiento efectuado por la Inspección General de Seguridad y conforme lo dispuesto Resolución N° 290-G, de fecha 22 de abril de 2009, el Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, delega en el Director General del Servicio Penitenciario Provincial, la atribución de resolver los pases a disponibilidad y pasiva de todo el Personal Penitenciario Provincial, que se encontrare bajo su dependencia funcional.

Por ello:

EL DIRECTOR GENERAL

DEL SERVICIO PENITENCIARIO DE MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1°

Disponer el pase a revista pasiva del Suboficial Subayudante S.C.P. y A. Gustavo Eugenio Maximiliano Castello Ponce, D.N.I. N° 25.809.479, por el término de sesenta (60) días, a partir del momento del recupero de la libertad del mismo, por las consideraciones vertidas en la presente.

Artículo 2°

Mediante Coordinación de Recursos Humanos efectúense...

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