Resolución N° 204/GCABA/AGC/08

FirmantesYoung
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia Gubernamental de Control
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2008

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESOLUCIÓN N° 204/ GCABA/ AGC/ 08

Se acredita el cumplimiento del artículo 25 de la Ley N° 70

Buenos Aires, 07/05/2008

Visto la Ley N° 70, los Decretos Nros. 1.000-GCBA/1999, 540-GCBA/2005, 1970-GCBA/2007 y Expediente N° 2724/2008, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 70 establece en su artículo 25 que Los/as responsables de programas y proyectos y sus superiores jerárquicos cuando se alejen de sus cargos deben redactar un informe final sobre su gestión. Dicha presentación no puede demorar más de un mes, debiendo recibir la colaboración de quienes fueron sus asistentes y prestándola a quienes legítimamente lo/la suceda. La tarea es remunerada;

Que por el artículo 14 del Decreto N° 1.000/99, reglamentario del artículo 25 de la Ley N° 70, se establece que la remuneración será equivalente a la del cargo que ocupaba;

Que por el Decreto N° 1970-GCBA/2007 se aceptó la renuncia presentada por el Sr. Juan Carlos Sánchez, DNI 4.519.836, al cargo de Director General Adjunto de Eventos Masivos;

Que por el Expediente citado en el visto el Sr. Juan Carlos Sánchez presenta el informe de su gestión al frente de la Dirección General Adjunta de Eventos Masivos, y solicita que se de la intervención que por el artículo 14 del Decreto N° 1.000/99 corresponde a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) y se resuelva teniéndolo por presentado y ordenando el pago de los emolumentos que por ley corresponden;

Que el Sr. Juan Carlos Sánchez ha presentado en tiempo y forma el informe final sobre su gestión;

Que por lo expuesto resulta procedente tener por cumplida la actividad desplegada por el Sr. Juan Carlos Sánchez en el marco del artículo 25 de la Ley N° 70, y en consecuencia abonar la tarea allí establecida.

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias;

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE:

Artículo 1°

Acreditase el cumplimiento por parte del...

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