Resolución N 459/GCABA/MHGC/12

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición21 de Marzo de 2012

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE HACIENDA

RESOLUCIÓN N 459/GCABA/MHGC/12SE ARCHIVA EL SUMARIO ADMINISTRATIVO N° 199/09

Buenos Aires, 21 de marzo de 2012

RESOLUCIÓN N.° 459/MHGC/12

Buenos Aires, 21 de marzo de 2012

VISTO:

El Expediente N° 37.296/09 y su incorporado N° 13.166/09 mediante el cual se instruyera sumario administrativo N° 199/09 y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución N° 1.392/MHGC/09, el Ministerio de Hacienda ordenó la instrucción del pertinente sumario administrativo tendiente a evaluar las responsabilidades administrativas de las autoridades encargadas de la gestión del personal cuya situación irregular fuera señalada en la Auditoría N° 002/09, realizada por la ex Dirección de Auditoría dependiente de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos;

Que, del Informe de Auditoria N° 002/09 que se llevó a cabo en la Unidad de Gestión de Recursos Humanos -entonces dependiente del Ministerio de Hacienda-se verificó la existencia de casos de agentes que se desempeñaban como docentes en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y paralelamente percibían un beneficio previsional durante el ejercicio de sus cargos;

Que, abierta la instrucción, prestó declaración testimonial Marcelo Salgueiro, contador público, quien manifestó que no fue objeto de la auditoria el control interno del circuito administrativo en el Ministerio de Educación ni en el Ministerio de Hacienda; que los docentes que en el apartado figuran de "Baja" ya se encontraban en esa categoría al momento de la auditoría, es decir, jubilados con renuncia presentada, pero siguieron cobrando sus haberes;

Que, continúa diciendo que conforme surge del anexo, sólo se produjo duplicidad en los haberes mensuales, no así en el proporcional de licencia ordinaria, SAC y Fondo Nacional de Incentivo Docente, y que a los efectos de realizar la auditoria se contó con los legajos enviados por la Oficina de Asesoramiento Previsional dependiente de la ex Dirección General de Administración de Recursos Humanos;

Que, al prestar declaración testimonial la agente María del Carmen Caballero, Directora de Recursos Humanos Docentes del Ministerio de Educación, relató que el procedimiento mediante el cual un docente se encuentra en condiciones de jubilarse está regulado por la Ley N° 24.016, que establece 57 años de edad para la mujer o 60 años para el hombre y 25 años de servicios en ambos casos, para poder iniciar el trámite;

Que, el artículo 35 del Estatuto del Docente establece que pueden permanecer en el cargo por tres años más; que en el caso de optar por iniciar el trámite se podía realizar con una renuncia definitiva en cuyo caso el docente debe dejar de...

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