Resolución N° 355/GCABA/07

FirmantesCortina
Jefe de GobiernoJorge Telerman
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2007

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

RESOLUCIÓN N° 355/ GCABA/ 07

Se crea el Preconsejo Consultivo Comunal, en el Ámbito territorial de los CGPC

Buenos Aires, 05/12/2007

Visto la Ley N° 1.777, el Decreto N° 816/06 (B.O.C.B.A. N° 2475), la Resolución N° 248- MGPyD/06 (B.O.C.B.A. N° 2593) y la Ley N° 2.405,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 248-MGPyD/06 (B.O.C.B.A. N° 2593) creó en cada uno de los F/N Centros de Gestión y Participación Comunales, un Foro Asociativo Barrial integrado por representantes de organizaciones de la sociedad civil, instituciones, partidos políticos y otras formas de organización y un Espacio de Participación Vecinal para los vecinos y vecinas domiciliados en el territorio de la Comuna que quieran participar a título individual, determinando en su artículo 2° las atribuciones de los mismos;

Que ambas instancias han celebrado numerosas reuniones plenarias y de comisión, cumpliendo con los objetivos planteados en la citada resolución y, en muchos casos, con los que se plantearon los propios integrantes en el seno de los Foros Asociativos Barriales y Espacios de Participación Vecinal de cada uno de los F/N Centros de Gestión y Participación Comunales;

Que la Ley N° 2.405 establece en su artículo 1° que el Jefe de Gobierno convocará a elecciones para que el día 10 de agosto de 2008 se elijan las autoridades comunales, de acuerdo a lo establecido por el artículo 47, inciso c) de la Ley N° 1.777;

Que resulta necesario continuar con una instancia de funcionamiento periódico, tendiente a garantizar la efectiva participación de las organizaciones de la sociedad civil y los vecinos y vecinas de la Ciudad en los términos del artículo 47 de la Ley N° 1.777, que profundice la experiencia participativa desarrollada en el marco de los Foros Asociativos Barriales y Espacios de Participación Vecinal y que, al mismo tiempo, constituya un avance más hacia la conformación de los Consejos Consultivos Comunales previstos en el Título IV de la citada ley;

Por ello, y en uso de sus facultades conferidas,

EL MINISTRO DE GESTION PÚBLICA Y DESCENTRALIZACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°

Créase, en el ámbito territorial de cada uno de los F/N Centros de Gestión y Participación Comunales, el Preconsejo Consultivo Comunal.

Artículo 2°

El Preconsejo Consultivo Comunal estará integrado por los...

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