Resolución N° 1777/GCABA/SHYF/02

FirmantesPesce
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2002

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN N° 1777/ GCABA/ SHYF/ 02

SANCIONASE CON CESANTIA A LOS AGENTES PATRICIA V. BIANCHI, EDGARDO H. IBARRONDO, RICARDO A. CEPEDA Y CARLOS A. VIDAURRETA, CON MOTIVO DE IRREGULARIDADES EN EL MECANISMO DE DEVOLUCIÓN DE CUOTAS POR PRÉSTAMOS PERSONALES DEL BANCO CIUDAD A AGENTES DEL G.C.A.B.A.

Buenos Aires, 03/06/2002

Visto el Expediente N° 63.172/00, mediante el cual se instruyó el sumario administrativo N° 621/00, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 1.231/PG/00, la Procuración General de la Ciudad ordenó instruir el sumario administrativo de la referencia, a fin de deslindar las responsabilidades que pudieran corresponder respecto de los hechos que emergen de los informes especiales elaborados por la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, consistentes en presuntas irregularidades en el mecanismo de devolución, a agentes del Gobierno de la Ciudad, de cuotas por préstamos personales del Banco de la Ciudad de Buenos Aires;

Que mediante Informe Especial N° 32/00, la Sindicatura General, atento las facultades conferidas por el Art. 31 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, procedió a efectuar una auditoría parcial de los descuentos y reintegros de las cuotas por préstamos personales con retención de haberes, acordados a los agentes de este Gobierno por el Banco Ciudad y administrados por la Dirección General de Recursos Humanos;

Que tras verificar cuantitativa y cualitativamente los distintos procesos y conceptos relacionados con la liquidación de haberes, aquel órgano constitucional detectó una significativa inconsistencia entre las cifras totales de reintegros de cuotas de préstamos, respecto de las liquidaciones complementarias efectuadas en el mismo lapso abril / septiembre / 2000 por la Dirección General de Recursos Humanos;

Que la Dirección General de Recursos Humanos procedió a devolver a los agentes la suma de $ 1.226.559,76, mientras que el Banco Ciudad sólo reintegró a la Dirección General de Tesorería la suma de $ 444.533,59;

Que mediante Informe N° 33/00, la Sindicatura señala que, luego de la verificación efectuada en la sede del Banco Ciudad de Buenos Aires, se constató que la Gerencia de Préstamos Personales con Retención de Haberes se encuentra distribuida en cuatro áreas: Gerencia de Préstamos Centralizados (tramita los convenios con las distintas reparticiones), Gerencia de Sucursales-Coordinación Comercial (otorga los préstamos y participa en recepción de pagos e información sobre cuotas no retenidas), Gerencia de Banca de Individuos (seguimiento de morosidad y cobranza de cuotas atrasadas), y Area de Coordinación de Préstamos y Garantías (verifica y envía a proceso y guarda la documentación suscripta por los prestatarios);

Que agrega que de las 80.000 operaciones que el Banco mantiene en esa cartera, 22.000 conforman préstamos otorgados a agentes de este Gobierno, y que la Gerencia de aquella entidad remite a la Dirección General de Recursos Humanos la información y datos de los agentes a quienes se les deben efectuar retenciones de haberes en el mes en curso;

Que la percepción de las cuotas atrasadas se efectúa sobre la base de listados producidos por la Dirección General señalada, no obstante lo cual existen casos en que el Banco percibe cuotas en forma errónea, sobre préstamos que ya han sido cancelados, situación que se produce generalmente con motivo de la renovación de operaciones;

Que para renovar una operación, el interesado debe proceder a la cancelación de las cuotas que se encuentran vencidas al momento de la renovación;

Que generalmente se trata de una o dos cuotas que ya han sido informadas a la Dirección General de Recursos Humanos y se encuentran retenidas al agente y no liquidadas al Banco, o bien en proceso de retención, en cuyos casos es frecuente que se produzca el descuento doble ya que, por una parte, son deducidas directamente por el Banco y, por otra, son deducidas de los haberes por la citada Unidad de Organización;

Que con posterioridad el Banco remite a la Dirección General ut supra aludida un listado con la información de las cuotas recibidas en exceso y abona mediante cheque el importe correspondiente;

Que el Organo de Control Constitucional destaca que los plazos establecidos para el envío y la devolución de información sobre la operatoria Préstamos con Retención de Haberes de los agentes, son excesivos, siendo habitual que el ciclo de una retención normal insuma unos 50 días, lo que no halla explicación ante los avances tecnológicos con los que se debería contar;

Que, asimismo, mediante el Informe Especial N° 34/2000, el organismo aludido constató el pago en exceso de 127 agentes por parte de la Dirección General en cuestión, en concepto de Código 086, durante el mes de junio/2000, acreditándose un total de $ 129.336,11, aclarando que no se liquidaron en ese lapso las devoluciones a 52 agentes por un total de $ 12.289,91 y destacando la total ausencia de conciliaciones sobre el movimiento de fondos, así como la inexistencia de los recibos de los agentes;

Que entre los importes reintegrados por el Banco Ciudad a la Dirección General de Tesorería, en concepto de Reintegro de Cuotas Préstamos Personales y los pagos por devolución de fondos a agentes (Código 086), se constató el pago en exceso por parte de la Dirección Liquidación de Haberes, a través de liquidaciones complementarias, a favor de 150 agentes a quienes se le acreditó al lapso abril - setiembre / 2000 un total de $ 789.763,38, que representa un 90,7 % sobre el total de fondos en exceso devueltos en ese período;

Que a su vez surgen diferencias entre los importes de reintegros dispuestos por el Banco Ciudad y las devoluciones consignadas por la Dirección General de Recursos Humanos en las liquidaciones complementarias (Código 086) por un total de $ 102.629,83 en exceso por parte de la indicada Dirección General para 330 agentes;

Que, de tal modo, la suma de los listados en cuestión arroja la cantidad de $ 870.854,23, lo que implica un pago en exceso a los agentes de este Gobierno, con cargo a la partida Gastos en Personal;

Que desde el año 1999 hasta la fecha de la auditoria, los pagos irregulares alcanzarían la suma de $ 1.790.864,61, en tanto que en el lapso abril - septiembre /2000 equivaldrían a un monto de $ 870.854,23;

Que con fecha 10/11/00 la instrucción se constituyó en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos, constatando la existencia de diversos paquetes conteniendo boletas complementarias de devolución de haberes, las que no habían sido remitidas nunca a las respectivas reparticiones, ya que carecían de las firmas de los jefes de personal y de los agentes interesados;

Que de la declaración informativa del ex Director General de Recursos Humanos, Jorge Luis Felman, surge que a través del Secretario de Hacienda y Finanzas y del Subsecretario de Gestión Operativa, fue puesto en conocimiento de ciertas irregularidades en el Departamento de Ejecución Presupuestaria, Afectaciones y Despacho, que es el área de devolución de cuotas de préstamos otorgados por el Banco Ciudad al personal de este Gobierno;

Que en virtud de ello comenzó una investigación con el Director General Adjunto, el Director de Sistemas y el Director de Liquidación de Haberes, afirmando que encontraron durante el curso del año 2000, una cantidad de agentes que habían recibido numerosas cuotas complementarias sin haber encontrado la documental que respaldara la misma y que consiste en un registro que aporta el Banco Ciudad y un cheque que entrega la Dirección General de Tesorería;

Que asimismo señaló que en virtud de la información que le fuera solicitada por la Sindicatura General de la Ciudad, el Director de Liquidación de Haberes llevó al despacho del declarante el libro donde se asentaban los recibos que se entregaban a las reparticiones, donde aparecía registrado un número muy exiguo de recibos, los que según manifestaciones vertidas por el entonces Director de Liquidación de Haberes, Sr. Mambreani, eran todos los que existían;

Que luego se analizaron las constancias por los años 1998/99 y se constató que uno de los beneficiarios por las mencionadas devoluciones era el propio Sr. Mambreani, momento a partir del cual el deponente manifiesta no haberlo vuelto a ver atento su traslado preventivo;

Que en su reemplazo fue puesta la Sra. Cristina Vargas, quien procedió a registrar los despachos y detectó una gran cantidad de recibos que deberían haber sido remitidos a las distintas áreas, pero continuaban sin remitir y por ende sin firmar en la ex oficina del Sr...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR