Resolución N 581/GCABA/MDEGC/11

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Desarrollo Económico
Fecha de la disposición14 de Octubre de 2011

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO

RESOLUCIÓN N 581/GCABA/MDEGC/11SE DESESTIMA RECURSO JERÁRQUICO Y SE CONFIRMAN LAS RESOLUCIÓNES NROS 39-SSDE/10 Y 110-SSDE/10

Buenos Aires, 14 de octubre de 2011

RESOLUCIÓN N.° 581/MDEGC/11

Buenos Aires, 14 de octubre de 2011

VISTO:

los Decretos Nros 384/03 y 923/05, las Resoluciones Nros 132, 152, 261-SSPRODU/2005, 39 y 110-SSDE/2010, el Expediente N° 81.485/05 e incorporados, y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente citado el Visto, tramitó el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Roberto Gabriel Langdon, en su calidad de socio gerente de la firma "2MINDS SERVICIOS INFORMÁTICOS S.R.L.", contra la Resolución N° 39/SSDE/10, que dispuso rescindir el contrato de préstamo suscripto entre la ex-Subsecretaría de Producción del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la empresa citada, por haberse comprobado el incumplimiento del mentado contrato, y la ejecución de la Carta de Fianza otorgada por el señor Gabriel Alejandro Langdon, D.N.I. N° 27.011.129;

Que desde el punto de vista formal el interesado interpuso recurso de reconsideración en los términos del Artículo 103 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97, ratificado por Resolución de la Legislatura N° 41/LCABA/98, el cual fuera desestimado por la Resolución N° 110/SSDE/10, siendo esta última objeto del recurso jerárquico en tratamiento, de conformidad con las previsiones contenidas en los artículos 108 y 109 de la citada norma legal;

Que notificada con fecha 1 de abril de 2011 la mencionada Resolución, el recurrente el día 13 de abril de 2011 interpuso recurso jerárquico impugnando dicho acto administrativo;

Que el peticionante solicitó se autorice a la sociedad al pago de la deuda, previa verificación ante el concurso, como también se deje sin efecto el artículo 2 de la Resolución N° 39/SSDE/10;

Que asimismo, el presentante señaló que al estar la sociedad en concurso preventivo de acreedores es...

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