Resolución N° 329/GCABA/SSTYE/01

FirmantesAntuña
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Subsecretaría de Trabajo y Empleo
Fecha de la disposición 5 de Diciembre de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SUBSECRETARÍA DE TRABAJO Y EMPLEO

RESOLUCIÓN N° 329/ GCABA/ SSTYE/ 01

HOMOLOGA EL ACUERDO ALCANZADO ENTRE GERTH, ALEJANDRO JOSÉ (DNI 13.741.061), EN SU CALIDAD DE TRABAJADOR Y, LA OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (OSPECON), EN EL CARÁCTER DE EMPLEADOR, CON LOS ALCANCES DE LOS ARTÍCULOS 2° INC. C) Y 36 DE LA LEY N° 265, EL DECRETO N° 654/2001 ANEXOS II/12, Y ARTÍCULO 15 DE LA LEY N° 20.744

Buenos Aires, 05/12/2001

Visto el Expediente N° 75.418/01, la Ley Nacional N° 20.744, la Ley N° 265 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto N° 654-GCBA-2001 y;

CONSIDERANDO:

Que, por el artículo 2° Inc. c) de la Ley N° 265 G.C.B.A., la Autoridad Administrativa del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, interviene en los conflictos laborales individuales y colectivos de trabajo;

Que, el artículo 36 del mismo cuerpo legal establece que: Cuando las partes voluntariamente se sometan a la instancia administrativa, la autoridad del Trabajo intervendrá haciendo uso de las facultades de conciliación y arbitraje con el objeto de dirimir u homologar los acuerdos en cuanto corresponda...;

Que, según acta de fecha 11 de octubre de 2001, Gerth Alejandro Jose DNI 13.741.061 en su calidad de trabajador, con el patrocinio letrado del Dr. Héctor Prol T° 10 F° 32 y, la parte empleadora, Obra Social del Personal de la Construcción (O.S.P.E.CON) representada por su apoderada Dra. Claudia Testa T° 42 F° 98 han arribado a una justa composición de sus derechos;

Que, el Decreto N° 654/2001 Anexos II/12, instituye a la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Ciudad Autónoma de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR