Resolución N° 116/GCABA/PG/01
Firmantes | López |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | F/n Procuración General de la Ciudad |
Fecha de la disposición | 7 de Marzo de 2001 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
F/N PROCURACIÓN GENERAL DE LA CIUDAD
RESOLUCIÓN N° 116/ GCABA/ PG/ 01
CREA EL REGISTRO ÚNICO DE OFICIOS JUDICIALES Y CÉDULAS, EN EL MARCO DEL ART. 272 DEL CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y TRIBUTARIO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, APROBADO POR LA LEY N° 189
Buenos Aires, 07/03/2001
Visto lo dispuesto por el Art. 272 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley N° 189-LCBA-99, y;
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario impartir expresas instrucciones a efectos de cumplir con los requisitos judiciales relativos a la agregación de expedientes administrativos, en giro por ante este Organismo Constitucional y aquellos cuya intervención compete a otros;
Que es de importancia guardar una perfecta relación entre las áreas administrativa y judicial, implementando una metodología de trabajo acorde al objetivo a cumplir;
Por ello, en uso las atribuciones conferidas por el Decreto N° 698-GCBA-96,
EL PROCURADOR GENERAL DE
LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Créase el registro Unico de Oficios Judiciales y Cédulas, en el marco del Art. 272 de la Ley N° 189-LCBA, el cual dependerá operativamente de la Dirección Coordinación Técnica, siendo su asiento funcional el área Oficios Judiciales, debiendo controlar el cumplimiento de los plazos previstos y la evolución del trámite, informando al sector judicial a cargo del juicio, el que determinará o no un pedido de ampliación de plazos al Juzgado interviniente si así correspondiera.
Apruébase el procedimiento que determina la tramitación de los requerimientos judiciales en relación a las normas del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Ley N° 189-LCBA-99.
A tales fines, el área Oficios Judiciales, dependiente del Departamento Gestión Administrativa de la Dirección Coordinación Administrativa procederá a la recepción, caratulación y registro del requerimiento judicial.
El original del oficio caratulado, será remitido al área Trámite y Carpetas de la Dirección Auditoría dependiente de la Dirección General de Control Interno, la que determinará y girará, según se trate, que dependencia judicial resulta competente, informando a su vez en forma inmediata al...
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