Resolución N° 853/GCABA/SPYS/98
Firmantes | Gallo |
Jefe de Gobierno | Fernando De La Rúa |
Emisor | (Ex) Secretaría de Producción y Servicios |
Fecha de la disposición | 23 de Octubre de 1998 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN Y SERVICIOS
RESOLUCIÓN N° 853/ GCABA/ SPYS/ 98
PROBLEMATICA DEL PARQUE CENTENARIO. DESIGNA AL ING. AGR. LEONARDO O. GALABURRI PARA DIRIGIR Y PONER EN MARCHA EL PLAN DE MANEJO. ASIENTO OPERATIVO C.G.P. N° 6
Buenos Aires, 23/10/1998
Visto el Decreto N° 717-GCBA-96, y;
CONSIDERANDO:
Que en el Centro de Gestión y Participación N° 6, juntamente con la Dirección General de Espacios Verdes vienen desarrollando reuniones con una serie de actores sociales vinculados con la problemática del Parque del Centenario y del Parque Rivadavia tendientes a buscar el mejoramiento de la situación y estado de mantenimiento de los respectivos Parques,
Que a través de este trabajo, se ha elaborado un diagnóstico sobre la situación del Parque del Centenario, y con fecha 25 de agosto se consensuó una Propuesta de Uso para el Parque, oportunamente presentados ante esta Secretaría,
Que de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires deben alentarse nuevas formas de participación ciudadana en la gestión de los espacios verdes urbanos,
Que por lo expuesto resulta conveniente iniciar una primera prueba piloto para la gestión del Parque del Centenario y del Parque Rivadavia en coordinación entre la Dirección General de Espacios Verdes y el Centro de Gestión y Participación N° 6,
Por ello,
EL SECRETARIO DE PRODUCCION Y SERVICIOS
RESUELVE:
Desígnase al Ing. Agrónomo Leonardo Osval-do Galaburri F. N° 317.518, CUIL N° 20-17233682, para diri--gir y poner en marcha el Plan de Manejo oportunamente ela-borado por los organismos e instituciones vinculadas a la pro-blemática del Parque del Centenario que forma parte de esta Resolución como Anexo N° 1. Asimismo, el Ing. Galaburri, dirigirá las acciones conducentes a la elaboración definitiva del Plan de Manejo del Parque Rivadavia.
Art. 2° A efectos de instrumentar las tareas, el Director del Plan de Manejo, dispondrá del apoyo logístico de la Dirección General de Espacios Verdes y tendrá su asiento operativo y de coordinación en el Centro de Gestión y Participación N° 6.
Art. 3° Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General de Espacios Verdes y al Centro de Gestión y Participación N° 6. Cumplido, archívese.
PARQUE DEL CENTENARIO
INFORMACION AÑO 1998
El Parque Centenario en este momento dista de ofrecer a los vecinos de...
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