Resolución Nº 3.571

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2008

RESOLUCIÓN Nº 3.571

Mendoza, 11 de noviembre de 2008

Visto el Expediente Nº 16062-D-08-02369, caratulado: "Dirección de Educación Privada s/Modificacion de Resolución Abanderados y Escoltas"; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 2436-DGE-08 la Dirección General de Escuelas introdujo modificaciones al Régimen de Evaluación, Promoción y Acreditación a implementarse en el presente ciclo lectivo;

Que las modificaciones referidas exigen la adecuación del Reglamento para Abanderados y Escoltas de la Bandera Nacional y de la Bandera de la Provincia de Mendoza;

Que resulta necesario ajustar las normas sobre la elección de Abanderados y Escoltas para estimular en los jóvenes la voluntad de superación y alcanzar el máximo desarrollo de sus potencialidades a través del estudio, el compromiso y la participación respetuosa;

Que los alumnos deben vivenciar lo que representa la Bandera como emblema de la Patria y que portarla constituye un honor para todo argentino;

Que se debe fomentar la cultura del esfuerzo continuo y sostenido como medio para superar las dificultades;

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL

DE ESCUELAS

RESUELVE:

Artículo 1º

Apruébese el Reglamento para la designación de Abanderados y Escoltas para las escuelas del Tercer Ciclo de la Enseñanza General Básica y Polimodal de Gestión Privada y Estatal, que se establece en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º

Deróguese toda disposición anterior que se oponga a la presente.

Artículo 3º

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 4º

Comuníquese a quienes corresponda e insértese en el Libro de Resoluciones.-.

Iris Mría Lima

_________

ANEXO

REGLAMENTO

PARA LA ELECCIÓN

DE ABANDERADOS Y ESCOLTAS

  1. De las Disposiciones

    Generales:

    I.1.

    La designación de Abanderados y Escoltas será anual.

    I.2.

    La toma de posesión se hará en el acto posterior a la elección.

    I.3.

    Podrán participar en la elección, los alumnos que reúnan los siguientes requisitos:

    I.3.1.

    Ser alumno regular del penúltimo curso de nivel o ciclo. En caso de tratarse de escuelas de organización incompleta, deberá ser alumno del curso superior.

    I.3.2.

    No adeudar espacios curriculares de años anteriores ni equivalencias, ni haber repetido ningún curso.

    I.3.3.

    No registrar amonestaciones y/o suspensiones en el año que está cursando.

    I.3.4.

    Tener aprobados todos los espacios...

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