Resolución Nº 3.571
Emisor | Direccion General de Escuelas |
Fecha de la disposición | 11 de Noviembre de 2008 |
RESOLUCIÓN Nº 3.571
Mendoza, 11 de noviembre de 2008
Visto el Expediente Nº 16062-D-08-02369, caratulado: "Dirección de Educación Privada s/Modificacion de Resolución Abanderados y Escoltas"; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 2436-DGE-08 la Dirección General de Escuelas introdujo modificaciones al Régimen de Evaluación, Promoción y Acreditación a implementarse en el presente ciclo lectivo;
Que las modificaciones referidas exigen la adecuación del Reglamento para Abanderados y Escoltas de la Bandera Nacional y de la Bandera de la Provincia de Mendoza;
Que resulta necesario ajustar las normas sobre la elección de Abanderados y Escoltas para estimular en los jóvenes la voluntad de superación y alcanzar el máximo desarrollo de sus potencialidades a través del estudio, el compromiso y la participación respetuosa;
Que los alumnos deben vivenciar lo que representa la Bandera como emblema de la Patria y que portarla constituye un honor para todo argentino;
Que se debe fomentar la cultura del esfuerzo continuo y sostenido como medio para superar las dificultades;
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL
DE ESCUELAS
RESUELVE:
Apruébese el Reglamento para la designación de Abanderados y Escoltas para las escuelas del Tercer Ciclo de la Enseñanza General Básica y Polimodal de Gestión Privada y Estatal, que se establece en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Deróguese toda disposición anterior que se oponga a la presente.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
Comuníquese a quienes corresponda e insértese en el Libro de Resoluciones.-.
Iris Mría Lima
_________
ANEXO
REGLAMENTO
PARA LA ELECCIÓN
DE ABANDERADOS Y ESCOLTAS
-
De las Disposiciones
Generales:
I.1.
La designación de Abanderados y Escoltas será anual.
I.2.
La toma de posesión se hará en el acto posterior a la elección.
I.3.
Podrán participar en la elección, los alumnos que reúnan los siguientes requisitos:
I.3.1.
Ser alumno regular del penúltimo curso de nivel o ciclo. En caso de tratarse de escuelas de organización incompleta, deberá ser alumno del curso superior.
I.3.2.
No adeudar espacios curriculares de años anteriores ni equivalencias, ni haber repetido ningún curso.
I.3.3.
No registrar amonestaciones y/o suspensiones en el año que está cursando.
I.3.4.
Tener aprobados todos los espacios...
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