Resolucion N° 20/10

EmisorDireccion R.e.P.R.i.V.-R.e.P.a.R.
Fecha de la disposición18 de Enero de 2010

RESOLUCION N° 20/10

Mendoza, 18 de enero de 2010

Visto: el expediente 376-M-10-00106 y

CONSIDERANDO:

Que en las citadas actuaciones se acumulan antecedentes reunidos de la ciudadana Estaneski Esther Elena, DNI N° 12.929.462 en razón de observarse que no ha dado cumplimiento a las normativas vigentes referidas al depósito y comercialización de material pirotécnico;

Que en fecha 31 de diciembre de 2009, según Acta agregada a fs. 01), personal de Delegación REPAR, detectó un local de venta de pirotecnia en un "Stan de Júpiter", ubicado en calle San Martín N° 7790 de Carrodilla Luján de Cuyo, observando a simple vista material pirotécnico al alcance de terceros, la Sra. Estaneski Esther Elena, presenta habilitación clase M3 donde expresa: "Se encuentra terminantemente prohibido: 4- Almacenar material al alcance de terceros (capacidad máxima de almacenamiento 10 (diez) bultos), Art. 1°, párrafo 2°, Res. 199/09,

Que la ciudadana Estaneski Esther Elena, DNI N° 12.929.462, NO presenta defensa;

Que se tiene acreditada entonces la comisión de la infracción prevista en el artículo 5° de la Ley 6954, criterio con el cual coincide el pertinente dictamen legal de Asesoría Letrada agregado a fs. 04);

Por ello y de conformidad a las atribuciones conferidas por el Art. 5° de la Ley 6954/01, Decreto reglamentario 1810/02 y Resolución 199/09 Dirección R.E.P.A.R - R.E.P.R.I.V.

EL DIRECTOR DE REPAR-REPRIV

RESUELVE:

  1. ) Comuníquese, notifíquese, regístrese en el Libro de...

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