Resolución Nº 261/GCABA/PG/16

FirmantesAstarloa
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorF/n Procuración General de la Ciudad
Fecha de la disposición22 de Julio de 2016

VISTO:

El Expediente N° 1.879.774/2011 e incorporados Expedientes N° 117.996/2012, N°

2.324.511/2011 y N° 1.674.548/2011, por el que se instruyó el Sumario N° 384/11 y;

CONSIDERANDO:

Que el entonces Procurador General ordenó la instrucción del presente sumario,

mediante Resolución N° 288/PG/2011, que luce a fs. 2 y vta., con el fin de investigar y

deslindar responsabilidades, con motivo de los hechos ocurridos el 21 de septiembre

de 2011, en la sede de la Dirección General de Contaduría General, ocasión en la que

habría ingresado una persona que dijo ser Escribana, quien acompañada del agente

Gustavo Moreno (F.C. N° 285.628) habría recorrido todas las dependencias del citado

edificio, desconociendo la orden impartida por el Director General de esa dependencia,

omitiendo identificarse y violentado las normas de ingreso a un edificio público;

Que según surge de los antecedentes obrantes en autos, el Director General de la

Dirección General de Contaduría, Gastón Messineo, a través del Informe N° IF-2011-

01675624-DGCG, obrante a fs. 1/2 del Expediente Incorporado N° 1.674.548/2011,

hizo saber a esta Procuración General que el día 21 de septiembre de 2011, alrededor

de las 16:30 hs., se presentó ante el personal de seguridad del edificio de la Dirección

General, una señora que dijo ser Escribana Pública, manifestó que el señor Gustavo

Moreno (F.C. N° 285.628) la estaba esperando;

Que expresó que cuando el mencionado Moreno se presentó ante la guardia del

edificio, se le comunicó que la señora tenía que solicitar autorización y expresar los

motivos que dieran fundamento para ingresar y recorrer el edificio. Dicha persona

refirió ser Escribana y sostuvo que nadie podía impedirle la entrada. En ese momento,

Moreno dijo que, como ese era un edificio público podía ingresar cualquier persona y

que si querían que los sacaran con la Policía. Seguidamente, ambos entraron y

comenzaron a recorrer todas las dependencias, desconociendo así la orden impartida

por el Director General de la repartición y transmitida por el personal de guardia que

no pudo impedir la actitud de esas personas que accedieran a la fuerza;

Que también, puntualizó que la supuesta Escribana no se acreditó como tal, ni exhibió

documento de identidad, ni explicó las razones por las que ingresó al inmueble

contraviniendo las directivas impartidas por la superioridad;

Que a fs. 4 delExpediente Incorporado N° 1.674.548/2011, obra informe de la

Dirección Judicial de Empleo Público de esta Procuración General, mediante el cual

comunicó que en los autos caratulados "Moreno, Gustavo c/ GCBA s/ medida

cautelar", Expte. N° 18323/2011, el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo

N° 79, por sentencia interlocutoria de fecha 24/05/2011, dictó una medida cautelar en

virtud de la cual ordenó al GCBA se abstuviera de: "...aplicar sanción disciplinaria

alguna al actor-como la que éste manifiesta se le aplicaría a raíz de la nota cuya copia

obra a fs. 15 - sin cumplir previamente con lo establecido por el art. 52 de la ley

23.551...";

Que la medida fue apelada, sin que hasta la fecha del informe (26/9/2011) la Sala X de

la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, donde tramitara el recurso, se haya

pronunciado al respecto;

Que asimismo, se señaló que en los autos "Moreno Gustavo c/ GCBA s/ Sumarísimo",

Expte. N° 23.910/2011, que tramitara por ante el mismo Juzgado, el agente solicitó:

"...se ordene a la empleadora el cese de su actitud antisindical y discriminadora y en

consecuencia, se disponga el pleno reconocimiento de los derechos del actor como

representante gremial de la Asociación Trabajadores del Estado, en virtud de lo

dispuesto por los arts. 47, 48 y 52 de la Ley N° 23.351, en razón de encontrarse

amparado por las garantías previstas en la citada norma por ser representante sindical

con mandato vigente...";

Que abierta la etapa instructoria, a pedido de la Instrucción, el Director General de la

Dirección General de Contaduría, Gastón Messineo, informó a fs. 5 y vta., la nómina

del personal de Seguridad que prestó servicios el día 21/09/2011, en los turnos A (de

00:00 a 7:00 hs.), B (de 06:00 a 13:00 hs.), C (de 12:00 a 19:00 hs.) y D (de 18:00 a

07:00 hs.), y del personal de Portería en los turnos A (de 08:00 a 15:00 hs.), B (de

14:00 a 21:00 hs.) y C (de 21:00 a 7:00 hs.), y copia de los Libros de Novedades de

Seguridad y Portería (fs. 6/8);

Que a fs. 10 y vta. prestó declaración testimonial el Director General de la Dirección

General de Contaduría, Gastón Ignacio Messineo, quien manifestó que el día

21/9/2011 a las 16:30 horas, aproximadamente, se presentó el agente Gustavo

Moreno acompañado por una mujer quien, sin acreditar identidad, refirió ser

Escribana, y sin respetar la orden de identificarse dada por el personal de seguridad,

ingresaron al edificio y ambos procedieron a recorrerlo;

Que dijo que el portero Carlos Migueles y el agente de seguridad Reynaldo Correa

presenciaron el hecho ocurrido en el hall de entradas del edificio. Continuó expresando

que, con anterioridad al hecho, el nombrado Moreno le había comentado a su

secretaria, Ana Juiz, que iría a verlo una Escribana, por lo que al enterarse de ello, el

dicente alertó a Carlos Migueles sobre la situación, diciéndole que si se presentaba

esa persona le dijera que para ingresar necesitaba previamente realizar una petición

por escrito argumentando los motivos de su visita;

Que refirió que el día 21/09/2011, cuando se presentó acompañando a Moreno la

mujer que decía ser Escribana, se negó a cumplir la orden dada por el declarante,

alegando que se trataba de un edificio público, que nadie le podía negar el acceso y

que si querían sacarla lo hicieran con la fuerza pública. Ante esta situación, Moreno

asentía los dichos de la supuesta profesional y fomentaba el ingreso al edificio sin

identificarse;

Que precisó que ni bien Moreno y la llamada Escribana entraron al edificio y

comenzaron a recorrerlo, los agentes Miguelez y Correa le informaron lo acontecido,

pero con el objeto de no generar un hecho de violencia, les ordenó que se quedaran

en su lugar. Aclaró que luego de una hora, la supuesta Escribana se retiró del edificio

permaneciendo Moreno en el mismo. El deponente ratificó las constancias que lucen a

fs. 1/2 del Expediente Incorporado N° 1.674.548/11;

Que a fs. 12 y vta. prestó declaración testimonial Ana Elizabeth Juiz, quien se

desempeñara como secretaria del Director General de la Dirección General de

Contaduría General. Explicó que el día 21/09/2011, en horas de la tarde, recibió un

llamado telefónico de Gustavo Moreno, quien le dijo que le avisara al Sr. Messineo,

Director General, que ese mismo día se haría presente una Escribana a fin de recorrer

el edificio;

Que continuó relatando que finalizada la comunicación telefónica, se comunicó con el

Director General, quien se encontraba en una reunión y éste le indicó que para poder

acceder al inmueble, dicha persona debía presentar una nota solicitando autorización

y explicando los motivos de su visita. También le dijo que pusiera en aviso a los

agentes de seguridad Carlos Migueles y Reynaldo Correa para que en caso de

hacerse presente la Escribana le indicaran los pasos a seguir;

Que manifestó que al ver al agente Migueles le comunicó la orden impartida por el

Director Messineo, a lo que Migueles respondió que ya había sido alertado por el

nombrado. Agregó que pasado unos diez minutos, la declarante supo por comentarios

de Migueles y Correa que se presentó en la entrada del edificio el agente Moreno y

una mujer quien dijo ser Escribana;

Que señaló que según le comentaron dichos agentes, cuando le dijeron a Moreno y la

otra persona sobre la indicación impartida por el Director Messineo, la supuesta

Escribana no quiso identificarse y de manera prepotente añadió que era un edificio

público y no le podían negar el ingreso. Finalmente, Moreno y la Escribana accedieron

al inmueble sin identificarse omitiendo la orden del Director General;

Que agregó que luego de lo sucedido, los agentes de seguridad le relataron los

hechos al Director General, quien con el fin de evitar un posible hecho de violencia, les

dio la orden de que no hicieran nada;

Que en su declaración testimonial de fs. 13 y vta., el portero Carlos Alberto Migueles,

expresó que el día 21 de septiembre de 2011, cerca de las 16:00 horas,

aproximadamente, recibió una directiva del Director General Messineo quien les

informaba que posiblemente se presentara una Escribana, y posteriormente le indicó

que no le permitiera el ingreso al edificio, ya que para poder hacerlo, debía presentar

una nota alegando los motivos de su visita;

Que manifestó que luego la agente Juiz, secretaria del Director General Messineo, le

reiteró la orden impartida por él, a lo que le comentó que ya había sido informado de

aquello, continuó narrando que luego de unos minutos, estando el declarante junto a

Reynaldo Reyes, se hizo presente en la entrada del inmueble el agente Gustavo

Moreno, acompañado de una mujer quien decía ser Escribana y que, sin identificarse

intentaba ingresar;

Que dijo que ante esto, les informó lo dispuesto por el Director General, a lo que la

Escribana de manera prepotente respondió que no tenía porque identificarse, que no

debía presentar ninguna nota y que si la querían sacar debían hacerlo por la fuerza

pública. En esos momentos, Moreno asentía con la cabeza acompañando la versión

de la supuesta profesional y finalmente ambos lograron entrar sin tener en cuenta la

orden de Messineo. Por ello, el deponente se presentó en la Dirección General y en

presencia de la secretaria Juiz, le contó al Director General Messineo lo acontecido

con el agente Moreno;

Que el agente de seguridad Reynaldo Lorenzo Correa prestó declaración testimonial a

fs. 14 y vta., manifestando que el día 21 de septiembre de 2011, en horas de la tarde,

se hizo presente en la entrada del...

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