Resolucion Nº 200

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición18 de Febrero de 2011

RESOLUCION Nº 200

Mendoza, 18 de febrero de 2011

Visto el Expediente Nº 15565-U-08-02369 en el cual se tramita la refuncionalización de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos, las Resoluciones Nº 119-UCPP-09 y 144-UCPP-09, que ponen en vigencia para todo el personal de la UCPP el manual de Funciones y Estructura Organizativa presentados en el mencionado Expediente y las modificaciones efectuadas y adjuntas desde fs 97 a fs 108 de dicha pieza administrativa; y

CONSIDERANDO:

Que en razón de los cambios funcionales ocurridos resulta necesario diseñar estrategias de planeamiento, gestión y administración en un marco de funciones de coordinación, articulación e integración de recursos humanos, financieros y tecnológicos a fin de lograr su mejor aplicación tanto en la gestión pedagógica, en la planificación escolar, como en la gestión administrativa del sistema educativo provincial;

Que las adecuaciones en la estructura organizativa son compatibles con lo establecido por la Ley de Educación de la Provincia Nº 6970, en su Título VI (Del Gobierno y Administración de la Educación);

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL

DE ESCUELAS

RESUELVE:

Artículo 1º

Ratifíquense las resoluciones Nros. 119-UCPP-09 y 144-UCPP-09, mediante las cuales se aprobó el Manual de Funciones y Estructura Organizativa de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos.

Artículo 2º

Modifíquese el Manual de Funciones y la Estructura Organizativa de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos de la Dirección General de Escuelas citada en el artículo anterior, conforme se determina en los siguientes Anexos: Definición de Misiones y Funciones de la Estructura Orgánica (Anexo I), y Organigrama General de la misma (Anexo II), que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3º

Establézcase que las modificaciones de la estructura presupuestaria que se deban realizar como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 2do. se tramitarán por intermedio del Ministerio de Hacienda.

Artículo 4º

Dispóngase que las modificaciones presupuestarias,

tanto en lo atinente al crédito y composición de partidas, como a la planta de personal, deberán tramitarse

por

intermedio

de

la

Dirección General de Administración, Tecnología y Recursos Humanos, quien deberá dejar constancia de su conformidad previo al dictado en la norma legal que se emita al respecto. Igual tratamiento se dará a los casos que deriven en aumento del nivel de erogaciones respecto a la situación existente, aún cuando no sea necesaria una modificación presupuestaria, tanto en el crédito de las partidas como en la planta de personal.

Artículo 5º

La presente resolución tendrá vigencia a partir del día de su publicación.

Artículo 6º

Comuníquese a quienes corresponda e insértese en el Libro de Resoluciones.-.

Carlos alberto López Puelles

_______

ANEXO I

MISIONES Y FUNCIONES

UNIDAD COORDINADORA

DE PROGRAMAS Y PROYECTOS

Misión:

Administrar los Programas con fondos nacionales del Tesoro Nacional e internacionales del Banco Mundial y del Banco Interamericano de Desarrollo, como así también los fondos recibidos de otros organismos destinados a Educación. Dicha administración debe ser expresamente delegada por la Dirección General de Escuelas a la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos.

Funciones:

  1. Ejecutar los Programas expresamente delegados por la Dirección General de Escuelas

  2. Controlar que los procesos de selección de los consultores se adecuen a la normativa legal vigente.

  3. Constituir los actos de licitación.

  4. Realizar adquisiciones de bienes y contrataciones de servicios.

  5. Realizar rendiciones de cuenta en tiempo y forma ante los organismos de crédito y ante los órganos de control de la Provincia y de la Nación.

    Objetivos:

    Optimizar la gestión de los recursos recibidos como elemento fundamental en el cumplimiento de las metas estipuladas para cada Programa integrante de la Unidad Coordinadora de Programas y Proyectos.

    COORDINADOR EJECUTIVO

    Funciones:

    1)

    Dirigir, coordinar y controlar las funciones de los sectores a su cargo y de las actividades que desarrollen los Programas y Proyectos.

    2)

    Fijar, desarrollar y transmitir en el marco de la política de la Dirección General de Escuelas y del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología (MECyT), las políticas presupuestarias y financiamiento informando las prioridades para alcanzar los objetivos proyectados.

    3)

    Cumplir las directivas de las autoridades superiores, desarrollando las acciones necesarias para cumplir con la política de la Dirección General de Escuelas, en concordancia con el MECyT.

    4)

    Llevar a cabo todos los procedimientos administrativos necesarios para ejecutar las acciones solicitadas por la parte pedagógica, la cual tiene el criterio del gasto.

    5)

    Planificar, organizar y controlar las actividades necesarias para alcanzar los lineamientos estipulados.

    6)

    Evaluar y autorizar inicio de los procesos de adquisiciones, contrataciones, viáticos y traslados.

    7)

    Representación ante los Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales.

    8)

    Dictado de Normativa y Resoluciones Internas.

    9)

    Firma de Contratos, "ad referéndum" de la superioridad, en los casos que así corresponda.

    10)

    Presentación en tiempo y forma de la información requerida por los organismos de contralor correspondientes (Balances Mensuales, Trimestrales y Anuales, Ley de Responsabilidad Fiscal, Requerimientos, etc.).

    11)

    Centralizar y coordinar el movimiento de ingresos y egresos de fondos y valores.

    12)

    Entender en la gestión de contratación de bienes y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR