Resolución N 521/GCABA/AGIP/10

FirmantesWalter
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos
Fecha de la disposición 9 de Septiembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN N 521/GCABA/AGIP/10ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA EL INICIO DEL TRÁMITE DE SOLICITUD DE CERTIFICACIONES DE INEXISTENCIA DE DEUDA DE LAS CONTRIBUCIONES DE ALUMBRADO, BARRIDO, LIMPIEZA, TERRITORIAL Y DE PAVIMENTOS Y ACERAS Y ADICIONAL LEY N° 23514

Buenos Aires, 09 de septiembre de 2010

VISTO:

El artículo 230 del Código Fiscal (t. o. 2010) (BOCBA N° 3398) y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido por el artículo citado, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos se encuentra obligada a expedir una certificación de inexistencia de deuda en concepto de las Contribuciones de Alumbrado, Barrido, Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Adicional Ley N° 23514, para aquellos inmuebles sujetos a la inscripción de planos de mensura de reunión ó división parcelaria ó subdivisión conforme el régimen de la Ley N° 13512;

Que uno de los objetivos fijados para esta Administración es continuar con la tarea de perfeccionar la atención de los contribuyentes en tiempo y forma;

Que el cumplimiento de dicho propósito, implica la incorporación de nuevos servicios informáticos que permitan la solicitud del trámite por parte de un profesional matriculado en el Consejo de Agrimensura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través del correo electrónico;

Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°

Establécese el procedimiento para el inicio del trámite y demás comunicaciones relacionadas con laSolicitud de...

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