Resolución Nº 1137

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.

Deja contancia que en el art. 1° de la Res. 735 donde dice “creados.

por la Ley 14.684” debio decir “creados por la Ley 14.616”.. Res. Nº 1137 . La Plata, 10 de junio de 2015.

VISTO: La resolución registrada bajo el n° 735, dictada con fecha 29 de abril de 2015, disponiendo el traslado de dos Juzgados de Familia, pendientes de funcionamiento, y del Juzgado de Garantías n° 1 del departamento judicial de Morón, al partido de Ituzaingó. Y CONSIDERANDO: Que al referirse a los dos Juzgados de Familia, se ha incurrido en un error involuntario al momento de establecer el número de Ley por la que fueron creados, correspondiendo -en consecuencia-, efectuar la rectificación pertinente.

POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de...

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