Resolución Nº 1.030

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición29 de Abril de 2016

RESOLUCIÓN Nº 1.030

Mendoza, 29 de abril de 2016 2016

Visto el Expediente Nº 3522-D-16-02369, caratulado: "Dirección General de Escuelas s/Rectificatoria Resolución 682/12 -Régimen de Calificación, Acreditación y Promoción"; y

CONSIDERANDO:

Que por la citada norma legal se dispuso la Reglamentación referida a Evaluación, Acreditación y Promoción en el Nivel Secundario, tanto para las escuelas de Formación Orientada como en las de Educación Técnico Profesional;

Que es interés prioritario de la Dirección General de Escuelas la mejora de la calidad de los aprendizajes de todos los alumnos del Nivel Secundario;

Que luego de un tiempo de ser aplicada la Resolución N° 682-DGE-12, resulta necesario la revisión del mencionado resolutivo, en relación a las pautas que el mismo define para la evaluación de los alumnos del Nivel Secundario;

Que la decisión de modificar los aspectos referidos al régimen de calificación, acreditación y promoción, se toman en el marco de un proceso de consulta a los supervisores y directivos de las escuelas, con el fin de recabar sus aportes y miradas respecto a un tema que incluye la atención de todos los actores involucrados en el proceso;

Que en la mencionada consulta se ha expresado que el Régimen Académico de la Provincia de Mendoza vigente a la fecha, aprobado por la Resolución Nº 682-DGE-12, dictada en fecha 25 de abril de 2012, es una herramienta valorada por los docentes y directivos de las escuelas secundarias;

Que la calidad de los aprendizajes está condicionada por múltiples factores y uno de ellos es la calidad de los procesos de enseñanza y de evaluación, entendiendo a esta última como un componente central;

Que la presente norma se dicta en el marco de las atribuciones conferidas al Director General de Escuelas por el artículo 132° de la Ley Provincial N° 6970, Ley de Educación Povincial, habiendo sido analizada y avalada por el Consejo General de Educación de la Provincia de Mendoza;

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL

DE ESCUELAS

RESUELVE:

Artículo 1º

Rectifíquese parcialmente la Resolución N° 682-DGE-12 y sustitúyase el capítulo V, que comprende los Artículos 23 a 41, por lo dispuesto en el Anexo de la presente Resolución.

Artículo 2º

Establézcase que la presente norma tendrá vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Artículo 3º

Comuníquese a quienes corresponda e insértese en el Libro de Resoluciones.

Jaime Correas

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AN...

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