Resolución Nº 007 de 03 de Enero de 2007

Fecha de disposición03 Enero 2007
Fecha de publicación24 Enero 2007
Número de Gaceta25581

La Plata, 3 de enero de 2007.

VISTO que la Subsecretaría de Investigaciones e Inteligencia Criminal propicia la creación de la Base de Datos de Personas NN Vivas o Fallecidas y solicita se dispongan medidas tendientes para su efectiva funcionalidad, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Nº 1479/04 se aprueba la estructura de la Subsecretaría de Investigaciones en Función Judicial, estableciéndose como una de la metas de la Dirección General de Registro de Personas Desaparecidas la organización y coordinación de acciones tendientes a implementar la búsqueda y difusión de casos de personas desaparecidas;

Que la implementación de una base de datos sobre los hallazgos de cadáveres sin identificar como así también de personas imposibilitadas de transmitir su identificación (insanos, menores y/o con incapacidades definitivas o transitorias), resulta necesaria para lograr efectividad en la función propia de la unidad orgánica, por cuanto el cruzamiento de esa información con la existente en el registro de personas desaparecidas coadyuva al mecanismo de búsqueda;

Que el logro del objetivo propuesto depende de la concreción de determinadas medidas tendientes a que los datos necesarios se remitan desde todas las dependencias policiales que tienen vinculación directa con los hallazgos referenciados, siendo menester la comunicación inmediata para su registro; como así también, la concreción de convenios con otras instituciones con injerencia en la temática;

Que existen antecedentes judiciales que ameritan el dictado del correspondiente acto administrativo, como ser el caso del ciudadano Esteban Ramón Gorondona, quien encontrándose desaparecido desde el 11 de noviembre del año 2005 solo pudo ser debidamente identificado, una vez que transcurrieran 08 meses desde su desaparición.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones que le confieren el artículo 19 de la Ley 13.175 y Art. 6º de la Ley 13.482.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD, RESUELVE:

ARTICULO 1º

Crear la "Base de Datos de Personas NN Vivas o Fallecidas" en el ámbito de la Dirección General de Registro de Personas Desaparecidas dependiente de la Subsecretaría de Investigaciones e Inteligencia Criminal; en cuyo registro se insertará la información relacionada con el hallazgo de las personas vivas o fallecidas que no pudieren ser identificadas, como así también la de aquellas que estuvieren internadas en instituciones...

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