Resolución General

EmisorAdministracion Tributaria Mendoza
Fecha de la disposición 1 de Diciembre de 2016

RESOLUCIÓN GENERAL

A.T.M.

N° 86/16

Mendoza, 1 de diciembre de 2016.

Visto: El expediente N° 1033-D-2016-01130,

lo dispuesto por Ley N° 8521, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley Nº 8521, se creó la Administración Tributaria Mendoza (A.T.M.), dentro del ámbito del Ministerio de Hacienda y Finanzas, actuando como entidad autárquica y descentralizada en el orden administrativo y financiero.

Que esta Administración Tributaria Mendoza tiene, conforme lo prescribe el artículo 4º , inciso j) de dicha norma legal, las facultades de aprobar, de acuerdo con el presupuesto asignado, su estructura orgánico funcional, como así también las atribuciones del artículo 4, inciso i) respecto a organizar y reglamentar su funcionamiento interno en los aspectos estructurales, operativos y de administración de personal, incluyendo sus propios servicios de contaduría, tesorería y servicios generales de acuerdo a las leyes vigentes.

Que el artículo 10, inciso e) del texto legal citado otorga al Administrador General, la atribución de delegar facultades de su competencia en el personal de la Administración Tributaria Mendoza.

Que los cambios que se propician responden a la funcionalización de tareas, recogiendo la experiencia de esta Administración hasta la fecha, como así también la de adaptar el organigrama y asignación de funciones a las nuevas disposiciones que en materia de procedimiento tributario fueron insertadas al Código Fiscal de la Provincia por la reciente Ley 8.923, que entre otras cosas regula el procedimiento de determinación de oficio, la producción de la prueba y reformula el sistema recursivo aplicable a la cuestión tributaria y catastral.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 8521,

EL ADMINISTRADOR GENERAL

DE LA ADMINISTRACIÓN

TRIBUTARIA

MENDOZA

RESUELVE:

Artículo 1º

Sustitúyase el Anexo I - Organigrama de la Administración Tributaria Mendoza - de la Resolución General A.T.M.Nº 4/13 por el Anexo I de la presente Resolución.

Artículo 2º

Modifícase el Anexo II - Manual de Funciones de la Resolución General A.T.M. Nº 4/13 y sustitúyanse las partes pertinentes,

conforme se detalla a continuación:

  1. Punto D. Funciones Generales y comunes a las Subdirecciones y Delegaciones de la Dirección General de Rentas y Delegaciones Catastrales Regionales.

    • Administrar, dirigir, organizar y controlar el funcionamiento de los Departamentos y áreas a su cargo conforme a la normativa e instrucciones impartidas por Director del cual dependan o del Administrador General.

    • Coordinar las funciones del personal a su cargo, incluyendo la disposición de la forma y lugar de prestación de servicios en el área de su competencia, conforme a las normas legales vigentes y las funciones específicas que les haya asignado el superior jerárquico.

    • Proponer y coordinar con el área que corresponda, programas de capacitación, con el propósito de lograr mayor eficiencia operativa, con arreglo a las pautas fijadas por el superior jerárquico.

    • Emitir los actos administrativos conforme a las funciones y atribuciones que disponga el Administrador General.

    • Evaluar y calificar al personal de las áreas a su cargo, de acuerdo con el procedimiento y las normas vigentes.

    • Evaluar los procesos, procedimientos y los servicios que brinda el sistema informático, en relación con los temas de su competencia e intervenir y supervisar los ajustes o cambios que se implementen, destinados a su optimización y a un mejor servicio. Promover las sugerencias y solicitudes para el mejoramiento de dichos procesos, procedimientos y sistemas e instar a que las áreas a su cargo efectúen controles permanentes del funcionamiento de los mismos y propongan e intervengan en los desarrollos y modificaciones en la medida de su competencia.

    • Colaborar con la política de calidad y el planeamiento estratégico que fije la Administración Tributaria.

  2. Punto F. Misión y Funciones Específicas del Administrador General dependen en forma directa:

    I.

    Dirección General de Rentas

    II.

    Dirección General de Catastro

    III.

    Dirección General de Regalías

    IV.

    Dirección de Asuntos Técnicos y Jurídicos

    V.

    Dirección de Administración

    VI.

    Dirección de Tecnologías de la Información

    VII.

    Dirección de Desarrollo Institucional

    VIII.

    Asesoría de Gabinete

    IX.

    Subdirección de Auditoría y Control Interno

    X.

    Departamento de Comunicación y Prensa

    XI.

    Departamento Planificación Estratégica

    XII.

    Departamento Gestión de Calidad

    XIII.

    Departamento de Despacho

    XIV.

    Junta de Disciplina

  3. Punto I. Dirección General de Rentas

    Misión:

    Entender en todo lo relativo a la administración de recursos tributarios y no tributarios de la Provincia excepto los ingresos provenientes de la producción de petróleo y gas.

    Funciones:

    Realizar las funciones que, a título enunciativo, se mencionan a continuación, sin perjuicio de la delegación de atribuciones que se le efectúe:

    • Ejecutar la política tributaria provincial en el proceso de determinación, verificación, fiscalización y percepción de los ingresos públicos tributarios y no tributarios (excepto los provenientes de la producción de petróleo y gas) fijada por el Gobierno Provincial y conforme a las pautas del Administrador General.

    • Garantizar servicios de calidad a los contribuyentes, desarrollar procesos efectivos de atención que satisfagan las necesidades de los mismos, procurando la optimización de los recursos disponibles.

    • Proponer las normas que complementen, modifiquen o reglamenten la legislación provincial relativa a la misión de la Administración Tributaria Mendoza en materia tributaria.

    • Procurar la formación y actualización de los registros y bases de datos de recursos tributarios y no tributarios, excepto los provenientes de la producción de petróleo y gas.

    • Entender en la acreditación, compensación, devolución y en la declaración de prescripción de los débitos y créditos tributarios.

    • Entender en las cuestiones que faciliten la fiscalización, determinación, gestión de cobro, recaudación, registración, etc. de los recursos tributarios y no tributarios, excepto los provenientes de la producción de petróleo y gas.

    • Fijar y supervisar los sistemas, procesos y procedimientos administrativos y judiciales por vía de apremio, tendientes al cobro de los recursos tributarios y no tributarios (excepto los provenientes de la producción de petróleo y gas) y evaluar los resultados y las causas de los desvíos en las acciones

    relacionadas con los mismos.

    • Planificar, elaborar, implementar y evaluar planes de recaudación y fiscalización para mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y/o responsables y disminuir la evasión fiscal.

    • Instrumentar distintos sistemas de información pública para publicar, los montos de recaudación, como así también la situación fiscal de los contribuyentes conforme a la normativa vigente y a las pautas fijadas por el Administrador General.

    • Intervenir en el procedimiento de clausura fijado por el Código Fiscal.

    • Entender y proponer distintos sistemas de designación, atención y control de grandes contribuyentes, agentes de retención, percepción, información y recaudación.

    • Promover estudios destinados a detectar nuevas fuentes de tributación.

    • Resolver las solicitudes de exenciones previstas en el artículo 74° del Código Fiscal.

    De la Dirección General de Rentas dependen en forma directa:

    I.a-

    Subdirección de Impuestos Patrimoniales, Sellos e Ingresos Varios

    I.b-

    Subdirección de Impuestos Sobre Actividades Económicas

    I.c-

    Subdirección de Fiscalización

    I.d-

    Delegaciones

    I.e-

    Departamento de Gestión de Cobranzas

  4. Punto I.a. Subdirección de Impuestos Patrimoniales, Sellos e Ingresos Varios

    Misión:

    Entender en los procesos propios de administración de los impuestos patrimoniales, de sellos, tasa de justicia, tasa de fiscalización de casinos y todo otro ingreso por impuestos, tasas, contraprestaciones (excepto la tasa de contraprestación empresaria) e ingresos varios, desde la generación de las obligaciones, hasta las determinaciones de impuestos, recargos e intereses que surjan de acciones efectuadas por las áreas de fiscalización; así como en las exenciones de impuestos, los planes de verificación de cumplimiento de obligaciones fiscales y formular planes de acción para la verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y el control de las mismas.

    Garantizar servicios de calidad a los contribuyentes de los tributos bajo su administración.

    Desarrollar procesos efectivos de atención a través del Call Center que satisfagan las necesidades de los contribuyentes, optimizando los recursos disponibles.

    Funciones:

    Realizar las funciones que, a título enunciativo, se mencionan a continuación, sin perjuicio de la delegación de atribuciones que se le efectúe:

    • Coordinar y analizar en forma permanente con las dependencias a su cargo y con la participación del personal los procedimientos y métodos necesarios para proporcionar una excelente atención personalizada y no presencial a través del Call Center, a los contribuyentes que permitan garantizar la eficiencia en los servicios de asistencia a los contribuyentes.

    • Supervisar los procesos de emisión masiva que determinan los impuestos predeterminados, los que generan instrumentos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones por los ingresos a su cargo y en general, los procesos y procedimientos para el ingreso de los impuestos a su cargo que faciliten el cumplimiento de las obligaciones.

    • Entender y proponer distintos sistemas de designación, atención y control de los agentes de retención y percepción de los tributos a su cargo y proponer sistemas que faciliten el ingreso de las obligaciones fiscales.

    • Implementar y evaluar planes de recaudación para mejorar el grado de cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y/o responsables, en función de las metas de recaudación.

    Desarrollar planes de acción para incentivar el cumplimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR