Resolución General 6.

Fecha de disposición17 Octubre 2018
Fecha de publicación17 Octubre 2018
MateriaFinanciero
SecciónResoluciones Generales

COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 6/2018

Buenos Aires, 10/10/2018

VISTO:

La Resolución General Nº 104/2004 de la Comisión Arbitral, por la que se aprobara por mandato de las jurisdicciones el Sistema de Recaudación y Control sobre las Acreditaciones Bancarias (SIRCREB) y sus modificatorias; y,

CONSIDERANDO:

Que las jurisdicciones adheridas al citado sistema de recaudación, han decidido implementar un régimen de información sobre ciertas operaciones exceptuadas de la retención bancaria.

Que a esos fines, se requiere del dictado de una norma que otorgue el marco técnico para el desarrollo del mismo en lo atinente a la información y control de las operaciones exceptuadas.

Que para el cumplimiento de dicho régimen informativo, resulta conveniente utilizar la misma plataforma disponible en el sitio www.sircreb.gob.ar para que los responsables cumplan con la presentación de sus declaraciones juradas.

Que resulta necesario adecuar los "procedimientos" que regulan el comportamiento de las entidades que actúan como agentes de recaudación y que actuarán como agentes de información.

Que las jurisdicciones adheridas al régimen tendrán la exclusiva responsabilidad en la administración de la información de los sujetos a los que no se les practicará la recaudación por las operaciones exceptuadas a los contribuyentes.

Que, sin perjuicio de ello, la referida información será de exclusiva administración por parte de las jurisdicciones involucradas.

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º Sustitúyase el punto I.2. "Procedimientos de los agentes de recaudación" del XV

Apéndice al artículo 173° de la Resolución CA 1/2018 (texto ordenamiento), por el siguiente:

I.2. Procedimientos de los agentes de recaudación:

1) Los agentes de recaudación serán notificados fehacientemente y se les asignará una clave de acceso personal e intransferible que podrá ser modificada voluntariamente, que les permitirá efectuar todas las transacciones electrónicas a través de la página del sistema SIRCREB.

2) El sistema pondrá todos los meses a disposición de los agentes de recaudación, un padrón de contribuyentes alcanzados por el régimen que estará disponible en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR