Resolución General 3743

Fecha de disposición24 Febrero 2015
Fecha de publicación25 Febrero 2015
SecciónResoluciones Generales
Número de Gaceta33077



ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Resolución General 3743

Procedimiento. Operaciones de compraventa y/o locación de bienes inmuebles. “Registro de Operaciones Inmobiliarias”, Resolución General N° 2.820 y sus modificatorias. Su modificación.

Bs. As., 24/2/2015

VISTO la Resolución General N° 2.820 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que dicha norma estableció que los sujetos obligados a inscribirse en el “Registro de Operaciones Inmobiliarias”, cuando asuman el carácter de locador, arrendador, cedente o similar, en las operaciones comprendidas en los incisos b), d), e) y f), de su Artículo 2° y en los contratos nominados previstos en la Ley N° 13.246 y sus modificaciones, deberán cumplir con los requisitos, plazos y condiciones del régimen de información previsto por el Titulo II de la citada resolución general.

Que atendiendo a razones de administración tributaria, resulta aconsejable modificar la aplicación del aludido régimen.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Coordinación Técnico Institucional y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° del Decreto N° 618, del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL

DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL

DE INGRESOS PÚBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1°

— Modifícase la Resolución General N° 2.820 y sus modificatorias, en la forma que se indica a continuación:

  1. - Sustitúyese el inciso c) del Artículo 21, por el siguiente:

    “c) Las disposiciones establecidas en el Título II de la presente entrarán en vigencia conforme al siguiente cronograma:

  2. Operaciones comprendidas en los incisos b) y f) del Artículo 2° y en los contratos aludidos en el segundo párrafo de dicho artículo, siempre que involucren bienes inmuebles rurales: 1 de junio de 2011, inclusive.

  3. Operaciones comprendidas en los incisos b), d) y e) del Artículo 2°, no...

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