Resolución General 2845/2010

Fecha de la disposición 7 de Junio de 2010

Procedimiento. Régimen de información.

Formularios de Carta de Porte anulados, extraviados y/o vencidos no informados. Norma conjunta Resolución General Nº 2595 (AFIP), Resolución Nº 3253 (ONCCA) y Disposición Nº 6/09 (SSTA), su modificatoria y complementarias. Norma complementaria.

Bs. As., 1/6/2010

VISTO la Actuación SIGEA Nº 10056-363-2010 del Registro de esta Administración Federal, y CONSIDERANDO:

Que mediante la norma conjunta Resolución General Nº 2595 (AFIP), Resolución Nº 3253 (ONCCA) y Disposición Nº 6 (SSTA) del 14 de abril de 2009, su modificatoria y complementarias, se estableció el uso obligatorio del formulario 'CARTA DE PORTE PARA EL TRANSPORTE AUTOMOTOR Y FERROVIARIO DE GRANOS'.

Que razones operativas vinculadas al transporte de granos hacen aconsejable habilitar un servicio en el sitio 'web' institucional que permita a los productores consultar e informar las Cartas de Porte, que revistan la condición de extraviadas, anuladas y/o vencidas, luego de efectuada su impresión.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización y de Sistemas y Telecomunicaciones y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS RESUELVE:

A - ALCANCE Artículo 1º -- Establécese un régimen de información de formularios impresos de Carta de Porte anulados, extraviados y/o vencidos, de acuerdo con las formas, plazos y condiciones que se disponen en la presente.

B - SUJETOS OBLIGADOS Art. 2º -- Se encuentran alcanzados por el presente régimen de información los contribuyentes que a continuación se indican:

  1. Los productores de granos inscriptos, como tales, ante este Organismo.

  2. Los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) e incluidos en el Padrón de Productores de Granos - Monotributistas, que prevé la Resolución General Nº 2504 y su modificación.

Art. 3º

Los responsables citados en el Artículo 2º deberán cumplir con el régimen informativo mediante la utilización del servicio 'PRODUCTORES - CARTAS DE PORTE NO INFORMADAS' que se encuentra habilitado en el sitio 'web' institucional (www.afip.gob.ar).

A los fines previstos en el párrafo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR