Resolución Comunal Nº 22764574/GCABA/COMUNA12/16
Firmantes | Roca |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Comuna 12 |
Fecha de la disposición | 5 de Octubre de 2016 |
VISTO:
El Expediente N° 2016-17943236-MGEYA-COMUNA12, y la Ley N° 1777, Decreto N°
453-GCABA/12, Decreto N° 472 -GCABA/13, Resolución N° 436-SECGCYAC/12,
Decreto N° 40/GCABA/14, Ordenanza 33581/77, y/o 33721/77 y/o Ley Nacional N°
11843 y Resoluciones N° 19/ SECGCYAC/14 y N° 300/ SECGCYAC/14; y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio
sito en la calle Terrada S/N entre chapas 5834 y 5846.
Que con fecha 21/07/2016, inspectores de la Comuna 12, se constituyeron en el
inmueble a efectos de verificar las condiciones de Higiene y salubridad del lugar y
labraron el acta de intimación Nro. 0120-COMUNA12/2016, de fecha 21/07/2016, por
haber verificado la falta de higiene y malezas, siendo un sitio propicio para el
anidamiento y proliferación de roedores, insectos y alimañas.
Que con fecha 04/10/2016, los inspectores de la Comuna 12 se constituyeron
nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo cumplimiento del Acta
de Intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas intimadas al ciudadano
no fueron realizadas, por lo que se procedió a confeccionar una Acta de
Comprobación Serie 3 N° 00148639.-
Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que "todo propietario de
terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a
mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y
estética (...)".
Que, por la entrada en vigencia de la Resolución N° 300/ SECGCYAC/14 se
implementó "el nuevo
procedimiento para la higienización, desinfección,
desinsectación, desratización, eliminación de malezas y/o saneamiento de terrenos
baldíos y/o cosas abandonadas, cuya competencia corresponden a las Comunas",
Que, la Resolución 300/SECGCYAC/14, establece en el Anexo I, Etapa 4) punto c)
"...La Comuna dicta acto administrativo de intimación por un plazo de diez (10) días
(conforme lo establecido en el artículo 1° de la Ordenanza N° 48605/94, modificatoria
de la Ordenanza N° 37044/81)".-
Que, en fecha 08/08/2016, la Administración General de Ingresos Públicos, informó
que...
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