Resolucion 1/2008 - Cgep
Fecha de disposición | 01 Abril 2008 |
Fecha de publicación | 01 Abril 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31375 |
Que los consultores propuestos prestan servicios en dicha Jurisdicción en el marco del Decreto Nº 1184/01, de acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 92/07 del entonces MINISTERIO DE EDUCACION, CIENCIA Y TECNOLOGIA, por lo que no se hace necesario cumplimentar los recaudos previstos en el artículo 6º del Decreto Nº 601/02.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por la presente medida, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes de los artículos 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y 1º del Decreto Nº 577/03 y su modificatorio.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:
Danse por aprobadas las modificaciones de contratos celebrados entre el MINISTERIO DE EDUCACION y las personas cuyos datos se detallan en la planilla que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida, por los períodos, categorías y montos indicados en la misma, en los términos del Decreto Nº 1184/01.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 70 MINISTERIO DE EDUCACION, cuya desagregación se encuentra detallada en el ANEXO I que integra la presente medida.
Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. -- Alberto A. Fernández. -- Juan Carlos Tedesco.
ANEXO I MODIFICACIONES MINISTERIO DE EDUCACION RESOLUCIONES Consejo Gremial de Enseñanza Privada ENSEÑANZA PRIVADA Resolución 1/2008
Establécense los sueldos básicos del personal no docente que se desempeña en los establecimientos privados de enseñanza, comprendidos en el Art. 2º, inciso a) de la Ley 13.047.
Bs. As., 25/3/2008
VISTO las atribuciones conferidas por los Artículos 18º inc. b y 31 Inciso 2º de la Ley 13.047 y;
CONSIDERANDO:
Que por acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, se ha acordado otorgar un incremento al salario básico de los trabajadores que pertenecen al Sindicato Argentino de Empleados y Obreros de la Enseñanza Privada (S.A.E.O.E.P.) y que...
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