Resolución 92/2020

Fecha de publicación01 Junio 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE ENERGÍA


Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2020

VISTO el Expediente N° EX-2019-96405251-APN-DGDOMEN#MHA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 2.014 de fecha 25 de noviembre de 2008 se creó el programa REFINACIÓN PLUS, destinado a incentivar la construcción de nuevas refinerías de petróleo y/o la ampliación de la capacidad de refinación de plantas existentes.

Que la Resolución N° 1.312 de fecha 1 de diciembre de 2008 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS aprobó la reglamentación del referido programa.

Que la normativa citada dispuso que el incentivo ofrecido por el ESTADO NACIONAL se haría efectivo mediante la entrega de Certificados de Crédito Fiscal transferibles a su valor nominal, los cuales serían confeccionados por la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA y podrían ser utilizados por los beneficiarios para el pago de derechos de exportación de las mercaderías comprendidas en la Resolución N° 394 de fecha 15 de noviembre del 2007 y en el Anexo de la Resolución N° 127 de fecha 10 de marzo de 2008 y sus modificatorias, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que como producto de la optimización por parte de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, de la modalidad de aplicación del beneficio, deviene necesario modificar la emisión del Certificado Cartular y establecer, para la instrumentación del incentivo previsto en el citado programa, la utilización del Bono Electrónico.

Que en ese sentido, la utilización del Bono Electrónico no modifica la naturaleza ni los contenidos de los Certificados de Crédito Fiscal transferibles a ser extendidos en el marco del referido programa, toda vez que se trata de la implementación de un sistema informático aprobado por la AFIP para su utilización por el beneficiario.

Que la presente medida no constituye una erogación presupuestaria adicional al procedimiento utilizado hasta el momento.

Que mediante la Nota N° NO-2019-96483027-APN-SRNRYMC#MHA de fecha 25 de octubre de 2019, se solicitó a la AFIP que informe el número de prefijo de identificación de los bonos a ser instrumentados en el marco del referido programa, a fin de emitir el correspondiente acto administrativo que reemplace el formato cartular por la modalidad de Bono Electrónico.

Que mediante la Providencia N° PV-2019-00452409-AFIP-SDGREC de fecha 8 de noviembre de 2019 de la SUBDIRECCIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN, la AFIP comunicó que asignó a los...

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