Resolución 903 - E.

Fecha de disposición30 Diciembre 2016
Fecha de publicación30 Diciembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 903 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 24/11/2016

VISTO el Expediente Nº 1.726.086/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 44/52, 62 y 14/23 del Expediente Nº 1.726.086/16, obran los Acuerdos celebrados por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECyS), el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL y la empresa AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANÓNIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dichos acuerdos las precitadas partes pactaron condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que el ámbito de aplicación de los presentes acuerdos se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos los mentados acuerdos.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando los acuerdos alcanzados, se procederá a remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 48/15.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECyS), el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL y la empresa AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 44/52 del Expediente Nº 1.726.086/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2°

Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECyS), el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL y la empresa AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 62 del Expediente Nº 1.726.086/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 3°

Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECyS), el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL y la empresa AUTOPISTAS URBANAS SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 14/23 del Expediente Nº 1.726.086/16, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 4°

Gírese a la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre los Acuerdos obrante a fojas 44/52, 62 y 14/23 del Expediente N ° 1.726.086/16.

ARTÍCULO 5°

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 130/75.

ARTÍCULO 6°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los Acuerdos homologados y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 7º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- EZEQUIEL SABOR, Secretario, Secretaría de Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.726.086/16

Buenos Aires, 01 de diciembre de 2016

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N° 903/16 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 44/52, 62 y 14/23 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 1509/16. 1510/16 y 1511/16 respectivamente. -- Lic. JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO CONVENCIONAL

A.U.S.A. - S.E.C - F.A.E.C.Y.S.

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 18 días del mes de Marzo de 2015, por una parte, el Secretario General de la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios y Secretario General del Sindicato Empleados de Comercio de la Capital Federal, Armando O. Cavalieri, el Secretario de Asuntos Legislativos del Sindicato Empleados de Comercio de la Capital Federal, Oscar Fernando Raynoldi, y la Comisión Gremial Interna de A.U.S.A., representada por los Delegados del Personal, conforme a las exigencias previstas en el artículo 17 de la Ley 14.250, Señores Alberto Guillermo Garcia, Walter De Filippo, Ulises Martín Guerrero y Francisco Gabriel Jaime, asistidos por la Dra. Maria Cecilia Gasparri Fernández (en adelante LA REPRESENTACION SINDICAL), y por la otra el Director General Daniel Capdevila, el Director Operativo de Autopistas, Lic. Juan Carlos Minuto, el Director Operativo de Áreas de Soporte, Contador Gustavo Gene, el Gerente de Asuntos Legales, Dr. Hernán Pérez Zarlenga, y el Gerente de Recursos Humanos, Ing. Ricardo Montes de Oca, en representación de Autopistas Urbanas S.A., asistidos por el Dr. Héctor Alejandro Garcia (en adelante LA EMPRESA), los que de común acuerdo manifiestan lo siguiente:

PRIMERO: Las partes Acuerdan incrementar a partir del mes de Marzo de 2015 y por el término de 13 meses, es decir, hasta el mes de marzo de 2016, las remuneraciones conformadas vigentes para cada una de las Categorías Profesionales según tabla anexa...

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