Resolución 896-E.

Fecha de disposición21 Noviembre 2017
Fecha de publicación21 Noviembre 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

Resolución 896-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/11/2017

VISTO el Expediente N° EX-2017-25090849-APN-SSDUYV#MI del registro de este Ministerio y la Ley N° 27.397, y

CONSIDERANDO:

Que con el objeto de promover la transparencia en la determinación de precios, la celeridad administrativa y el mantenimiento del equilibrio de la ecuación económica financiera de los contratos de obra pública destinados a la construcción de viviendas, la Ley N° 27.397 establece en su artículo 1° que la determinación de los precios que se coticen en los programas o planes sociales de construcción o mejoramiento de viviendas financiados por el Estado Nacional, se efectuará de acuerdo al valor en pesos de la Unidad de Vivienda (UVI), tomando como referencia el valor de la UVI de la fecha que se indique en los pliegos de bases y condiciones, de conformidad con las previsiones contempladas en el artículo 6º párrafos primero, segundo y tercero de la Ley N° 27.271.

Que asimismo, por el artículo 8° de la Ley N° 27.397, se establece que dicha norma entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial y será reglamentada por la Autoridad de Aplicación dentro de los NOVENTA (90) días subsiguientes.

Que de conformidad con la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, este Ministerio tiene entre sus competencias entender en la elaboración y ejecución de programas de vivienda destinada a los sectores de menores recursos y promover la inversión de recursos en el campo de la vivienda.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente a la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN de este Ministerio, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por el Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Establécese que en los contratos destinados a vivienda o mejoramiento de viviendas que hayan sido celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley N° 27.397, el Ente Ejecutor que decida adherir a dicha norma, deberá presentar...

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