Resolución 779 - E.

Fecha de disposición01 Diciembre 2016
Fecha de publicación01 Diciembre 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 779 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 01/11/2016

VISTO el Expediente N° 276.935/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE NECOCHEA por el sector sindical y la empresa MAXICONSUMO SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 1/3 del Expediente N° 276.935/15 y ha sido alcanzado por ante la Delegación Regional Mar del Plata de éste Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Que la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (F.A.E.C. y S.) mediante acta complementaria que consta a fojas 54 del sub examine ratifica el acuerdo y solicita su homologación.

Que dicho acuerdo se celebra en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo (C.C.T.) N° 130/75 y las partes precitadas establecen un plus denominado "Plus Veraniego" el que se otorgará en los términos y conforme los lineamientos que surgen del mismo.

Que las partes se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar el acuerdo que motiva el presente acto.

Que su ámbito de aplicación se corresponde y circunscribe a la estricta correspondencia de la representatividad conjunta de las partes celebrantes.

Que respecto a su ámbito temporal, se fija su vigencia de conformidad con lo expresamente pactado por sus celebrantes, destacando respecto de lo estipulado en el Artículo sexto que no resulta factible tener por no escrito el mismo, toda vez que no resulta materia de disponibilidad colectiva condicionar la vigencia de un acuerdo colectivo a la ulterior homologación .

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 53/15.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE NECOCHEA por el sector sindical y la empresa MAXICONSUMO SOCIEDAD ANÓNIMA por la parte empleadora, el que luce a fojas 1/3 del Expediente N° 276.935/15 y ha sido ratificado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS...

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