Resolución 77/2015

Fecha de la disposición21 de Enero de 2015



AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

DEPENDIENTE DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

Resolución 77/2015Bs. As., 21/1/2015

VISTO el Decreto N° 1172/03 de acceso a la información pública, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, la Resolución N° 67/04 de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN), lo actuado por la Subgerencia Normativa Regulatoria y la Secretaría General, y el expediente N° 3/14.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 16 inciso a) de la Ley N° 24.804 establece, entre las funciones, facultades y obligaciones de la ARN, la de dictar las normas regulatorias referidas a seguridad radiológica y nuclear, protección física y fiscalización del uso de materiales nucleares.

Que el artículo 3° del Decreto N° 1172/03 aprueba el “Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas” y el “Formulario para la Presentación de Opiniones y Propuestas en el Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas” que como Anexos V y VI respectivamente, forman parte integral del mencionado Decreto.

Que esta ARN ha dictado la Resolución N° 67/04, a través de la cual se instrumentan en el ámbito de la ARN los procedimientos para Audiencias Públicas, Elaboración participativa de normas y Acceso a la información pública, implementados de conformidad con lo establecido en el citado Reglamento General, adoptando el correspondiente formulario para la presentación de opiniones y propuestas, además de designar al Sector Normas (Subgerencia Normativa Regulatoria) como responsable de la implementación y puesta en marcha del procedimiento para la elaboración participativa de normas.

Que a esos efectos, el Directorio aprobó la Iniciativa Regulatoria 01/07 para elaborar un proyecto de nueva Norma AR 10.10.1. “Evaluación del Emplazamiento de Reactores Nucleares de Potencia”, Revisión 0, cuyo tratamiento fuera suspendido hasta el 27-08-14.

Que la Gerencia de Licenciamiento y Control de Reactores Nucleares y la Subgerencia Normativa Regulatoria prepararon en conjunto un proyecto de norma para evaluación del emplazamiento de reactores nucleares de potencia, que contiene los requisitos de seguridad radiológica y nuclear que deberá cumplir un emplazamiento, a los efectos de garantizar la seguridad radiológica y nuclear de los reactores nucleares de potencia frente a los riesgos de eventos externos de origen natural o debidos a la acción humana, así como asegurar la protección de la población y del ambiente.

Que corresponde promover una efectiva participación ciudadana, institucional o individual, en la definición de los requisitos para la evaluación del emplazamiento de reactores nucleares de potencia.

Que el presente acto administrativo se dicta conforme lo establecido en el artículo 10° del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas Anexo V del Decreto 1172/03.

Que la GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, la GERENCIA DE APOYO CIENTÍFICO TÉCNICO, la SUBGERENCIA DE INTERVENCIÓN EN EMERGENCIAS RADIOLÓGICAS Y NUCLEARES, la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, la SECRETARÍA GENERAL y la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA, han tomado la intervención que les compete.

Que el Directorio en función de las atribuciones conferidas por el Artículo 22°, Capítulo II de la Ley 24.804 es competente para dictar la presente Resolución.

Por ello,

EL DIRECTORIO

DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°

— Declarar la apertura del Procedimiento de Elaboración Participativa de Normas, en relación con el proyecto de Norma AR 10.10.1 “Evaluación del Emplazamiento de Reactores Nucleares de Potencia” Revisión 0 que, como anexo, forma parte integral de esta Resolución.

ARTÍCULO 2°

— Invitar a participar en el marco de dicho Procedimiento a toda persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva relacionado con la norma a dictarse.

ARTÍCULO 3°

— Establecer que, a los efectos de la instrumentación del Reglamento General para la Elaboración Participativa de Normas, la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA es la dependencia competente a la cual la Presidente del Directorio en su carácter de Autoridad Responsable, delega la dirección del procedimiento de Elaboración Participativa de Normas.

ARTÍCULO 4°

— Habilitar un Registro para la incorporación de opiniones y propuestas, que funcionará en el Registro Central de la ARN, sita en Avenida del Libertador N° 8250 - Oficina 317, 1429, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las que se deberán presentar por escrito —pudiendo acompañar la documentación que estime pertinente— utilizando el formulario indicado en el anexo VI del Decreto 1172/03, dentro del plazo de veinte (20) días desde la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina. En dicha sede los interesados podrán tomar vista del expediente.

ARTÍCULO 5

— Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA, a la SUBGERENCIA COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL y a REGISTRO CENTRAL. Publíquese en el Boletín de este Organismo. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial durante DOS (2) días. Incorpórese en el sitio Web de la ARN durante la vigencia del plazo indicado en el artículo 4° de la presente Resolución y archívese en el REGISTRO CENTRAL. — Lic. ELENA MACEIRAS, Presidenta del Directorio.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN DEL DIRECTORIO N° 77/15.

Expediente N°3/14EVALUACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO DE REACTORES NUCLEARES DE POTENCIACódigo de NormaAR 10.10.1Revisión N°0Versión N°1Fecha14/10/2014

  1. OBJETIVO

    1. - Establecer los requisitos para la evaluación de emplazamiento de reactores nucleares de potencia en relación a su seguridad radiológica y nuclear en situaciones operacionales y en condiciones de accidente.

  2. ALCANCE

    1. - La presente norma se aplica a la evaluación del emplazamiento de reactores nucleares de potencia.

    El cumplimiento de esta norma, así como de las normas y requerimientos establecidos por la Autoridad Regulatoria, no exime del cumplimiento de otras normas y requerimientos no relacionados con la seguridad radiológica y nuclear o con la protección física, establecidos por otras autoridades competentes.

  3. EXPLICACIÓN DE TÉRMINOS

    1. - Accidente: Suceso de carácter aleatorio que puede ocurrir en una Instalación, cuyas consecuencias reales o potenciales son significativas desde el punto de vista de la seguridad radiológica y nuclear.

    2. - Central Nuclear: Uno o más reactores nucleares de potencia ubicados en el mismo emplazamiento.

    3. - Emplazamiento: Sitio dentro del cual está ubicada ó se prevé ubicar una instalación Clase I.

    4. - Evaluación del Emplazamiento: Análisis de las características de un emplazamiento que puedan afectar significativamente la seguridad de un reactor nuclear de potencia que se prevé instalar en el mismo, así como la protección radiológica de las personas y del ambiente en la zona del emplazamiento.

    5. - Evento Externo: Suceso no intencional, de origen natural o inducido por la acción humana, externo al reactor nuclear de potencia, considerado como significativo desde el punto de vista de la seguridad nuclear de la instalación o la protección...

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